Caso Wallace: CNDH emite recomendación en favor de Brenda Quevedo Cruz
CNDH emite recomendación en favor de Brenda Quevedo Cruz.

Guadalupe Lizárraga

Compartir

Brenda Quevedo Cruz es la segunda acusada por el falso secuestro Wallace a la que se reconoce como víctima de violaciones de derechos humanos.

Antes que Brenda Quevedo, se dio la recomendación 122VG/2023 en favor de César Freyre Morales.

Por Guadalupe Lizárraga

México, 16 de octubre de 2023. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), encabezada por Rosario Piedra Ibarra, envió una recomendación dirigida al fiscal Alejandro Gertz Manero y a la secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, por las violaciones graves a los derechos humanos en el caso de Brenda Quevedo Cruz, víctima del falso caso Wallace.

En la recomendación emitida por la CNDH bajo el número VG 127/2023, se destaca la existencia de múltiples pruebas que respaldan las acusaciones de tortura, incluido un dictamen médico basado en el Protocolo de Estambul, así como informes emitidos por el Grupo de Trabajo sobre las Detenciones Arbitrarias de la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Además, se menciona la falta de cumplimiento de medidas cautelares solicitadas previamente en favor de Brenda Quevedo, lo que ha agravado su estado de salud.

La CNDH en la contundente recomendación a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y al Fiscal General de la República de México, de carácter público y con amplio respaldo legal, detalla una serie de acciones que las autoridades correspondientes deben llevar a cabo para reparar integralmente el daño causado a las víctimas del caso Wallace, en este caso a Brenda Quevedo Cruz y sus coprocesados.

En el extenso documento de 123 páginas, la presidente de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra, señaló las recomendaciones específicas que deben ser atendidas de manera inmediata y en el plazo de quince días hábiles. E instó a las autoridades a colaborar en el trámite ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para garantizar la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas, así como a proporcionar atención médica y psicológica adecuada a las víctimas.

Asimismo, la CNDH solicitó que se lleve a cabo una investigación exhaustiva y objetiva, en cumplimiento de los estándares internacionales en materia de derechos humanos, para determinar la responsabilidad penal de las personas involucradas en el caso, incluyendo la de particulares. También se subrayó la necesidad de una acción inmediata y decidida por parte de las autoridades debido a la gravedad de las violaciones de derechos humanos.

En el documento se subrayó que el incumplimiento de la recomendación podría tener consecuencias legales. En caso de que las autoridades no acepten o no cumplan con las recomendaciones, la CNDH solicitará su comparecencia ante el Senado de la República y el Congreso de la Ciudad de México para explicar los motivos de su negativa.

Contexto del caso de Brenda Quevedo

La investigación, iniciada en respuesta a la queja presentada por la defensa de Brenda Quevedo Cruz ante la CNDH, ha revelado una serie de irregularidades y abusos por parte de funcionarios de la Fiscalía General de la República y de diversos Centros de Prevención y Readaptación Social que en colusión con Isabel Miranda Torres, han afectado la vida de Brenda Quevedo y la de sus coprocesados tras la acusación de haber perpetrado el supuesto secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace Miranda, el 11 de julio de 2005.

 

 

La detención de Brenda Quevedo se remonta a septiembre de 2009, quien desde entonces, ha permanecido privada de su libertad en México sin una sentencia definitiva, a pesar de las numerosas pruebas en su favor presentadas por su defensa, tras revelarse en Los Ángeles Press, con una serie de reportajes iniciados el 31 de mayo 2014, la fabricación del caso Wallace por Isabel Miranda Torres, madre de la supuesta víctima, y por parte de los agentes del Ministerio Público de la FGR que e ayudaron a lla fabricación de pruebas y perpetraron las torturas para obligar a las víctimas a confesarse culpables.

 

 

La Comisión, en su recomendación, señaló además la falta de avance en el proceso judicial y la existencia de irregularidades en las actuaciones de las autoridades, destacando la falta de atención a las denuncias interpuestas por parte de Brenda Quevedo, que hasta la fecha, las autoridades involucradas no han respondido a estas acusaciones.

Recomendaciones a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana

PRIMERA. Colaborar en el trámite ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas de Brenda Quevedo Cruz y otras víctimas con identidad reservada, a través de la noticia de hechos que se realice a esa Comisión Ejecutiva con la presente recomendación. Se solicita que una vez emitido el dictamen correspondiente, se proceda a la inmediata reparación integral del daño, incluyendo la compensación económica y se remitan las constancias de cumplimiento a la CNDH.

SEGUNDA. Garantizar la atención médica y psicológica continua y especializada a favor de Brenda Quevedo Cruz y demás víctimas, sin interrupciones y con suministro de medicamentos necesario, en un lugar accesible y brindando información clara a la víctima y a su familia. Se solicita el envío de pruebas de cumplimiento a la CNDH.

TERCERA. Colaborar ampliamente en el seguimiento de las indagatorias en trámite, con apego a estándares internacionales para determinar la responsabilidad penal correspondiente. Se solicita la remisión de pruebas de cumplimiento a la CNDH.

CUARTA. Accionar las medidas adecuadas para investigar y sancionar en la vía administrativa a las personas servidoras públicas involucradas en las acciones y omisiones mencionadas en la recomendación. Se requiere colaboración durante el trámite y envío de constancias de cumplimiento a la CNDH.

QUINTA. Emitir una circular a las personas servidoras públicas que realicen detenciones, puestas a disposición y actividades de custodia, en estricto cumplimiento de los derechos humanos. Se solicita el envío de constancias de cumplimiento a la CNDH.

SEXTA. Designar a una persona de alto nivel como enlace con la CNDH para dar seguimiento al cumplimiento de la recomendación. Se pide notificar cualquier cambio en la designación a la CNDH.

Reccomendación a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana:

PRIMERA. Garantizar la integridad física y psicológica de Brenda Quevedo Cruz durante su estancia en cualquier CEFERESO y emitir una circular dirigida a las personas servidoras públicas que laboran en los CEFERESOs de la República Mexicana. Se solicita el envío de constancias de cumplimiento a la CNDH.

SEGUNDA. Replicar la acción a toda persona privada de su libertad en cualquier CEFERESO, emitiendo una circular dirigida a las personas servidoras públicas que laboran en dichos centros. Se solicita el envío de constancias de cumplimiento a la CNDH.

TERCERA. Gestionar y dar seguimiento para que V sea trasladada a un hospital externo para recibir la atención médica necesaria. Se solicita el envío de constancias de cumplimiento a la CNDH.

CUARTA. Gestionar traslados a centros hospitalarios con los equipos y especialidades médicas necesarias para los padecimientos de Brenda Quevedo Cruz, y dar seguimiento a los tratamientos necesarios. Se solicita el envío de constancias de cumplimiento a la CNDH.

QUINTA. Garantizar la atención médica y la entrega de medicamentos a Brenda Quevedo Cruz, explicando los tratamientos y cuidados necesarios. Se solicita el envío de constancias de cumplimiento a la CNDH.

SEXTA. Realizar la entrega inmediata de los objetos autorizados por los familiares de Brenda Quevedo Cruz y garantizar un trato digno. Se solicita el envío de constancias de cumplimiento a la CNDH.

SÉPTIMA. Informar a la CNDH sobre las acciones realizadas derivadas del expediente de Queja Administrativa 2 y colaborar durante su trámite. Se solicita el envío de constancias de cumplimiento a la CNDH.

Caso César Freyre Morales, la primera recomendación de CNDH

La recomendación de CNDH en el caso de Brenda Quevedo Cruz se suma a la de César Freyre Morales, con el número 122VG/2023 quien fue por primera vez reconocido como víctima de tortura por CNDH para que se incriminara por el falso caso Wallace.

En este caso la CNDH aludió también a evidencias documentales y testimonios que han sido cruciales para esclarecer las violaciones a los derechos humanos a Freyre Morales, y la institución también pidió a las instancias responsables de procuración de justicia la investigación judicial de los servidores públicos y la reparación integral del daño a la víctima.

 

 

Agréganos como fuente preferida en Google