Corte despenaliza aborto en Tlaxcala

Ignacio García

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El Código Penal de Tlaxcala castigaba también con cárcel a quienes les proporcionara la atención médica para el aborto.

Por Ignacio García

Por unanimidad de votos, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobaron la despenalización del aborto en Tlaxcala, después de castigar a mujeres y personas gestantes víctimas de violencia sexual que interrumpían sus embarazos sin previa autorización del Ministerio Público.

De acuerdo con la Ley de Salud de Tlaxcala, las mujeres que denunciaban violencia sexual presentaran autorización del Ministerio Público o el consentimiento de padres o tutores para el caso de menores de edad para acceder al aborto seguro en las instituciones en salud pública.

El Código Penal de la entidad castigaba con cárcel a quienes les proporcionara el servicio sin tener el documento, y por ello también invalidaron los artículos del Código Penal de Tlaxcala que castigaba de manera absoluta el aborto en el estado.

La ministra Yasmín Esquivel presentó el proyecto con el cual la Corte consideró que la legislación de Tlaxcala es inconstitucional y que este tipo de requisitos desconocen la urgencia real de la atención en casos de la violencia sexual e ignora las barreras que enfrentan las víctimas para denunciar.

Los togados consideraron que la aprobación del Ministerio Público local revictimiza a las mujeres que fueron violadas, por lo cual enfatizaron que se debe construir una normativa orientada a la protección y cuidado de los derechos humanos de los grupos más vulnerables.

Por ello, los ministros señalaron que la legislación de Tlaxcala afecta directamente la autonomía, libertad, desarrollo de la personalidad y salud en condiciones de igualdad sin discriminación a los que tienen derechos las mujeres y personas gestantes y también limita su capacidad para tomar decisiones urgentes e informadas sobre su salud.

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