
Rodolfo Soriano-Núñez Lunes, 26 de Enero del 2026
Recientemente, la Huntington Library de California hizo accesibles en línea archivos de los juicios de la Inquisición en la Ciudad de México
Documentos de la Inquisición en México en la Huntington Library confirman que la crisis de abuso ha afectado a la Iglesia Católica al menos en los últimos 400 años.
Por Rodolfo Soriano-Núñez
Uno de los "trucos" favoritos de Benedicto XVI al enfrentarse a la gravedad de la crisis de abusos sexuales del clero era culpar a las personas lesbianas y gays de la devastación que sabía que estaba ocurriendo en la Iglesia Católica.
Ya fuera en América Latina, al tratar con Marcial Maciel y Fernando Karadima, o al hacer lo mismo en cualquier país europeo sacudido por los efectos de la crisis, su respuesta —una especie de plantilla tomada de su yo más joven— fue culpar a la modernidad por el abuso sexual.
Incluso cuando el abuso sexual no era el problema, estaba más que dispuesto a utilizar la modernidad para lanzar pánicos morales, como ocurrió cuando el cardenal Franc Rodé, en 2009 prefecto de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada, lanzó (contenido en italiano) una visita apostólica a la Conferencia de Líderes de Mujeres Religiosas, entidad que participan ocho de cada diez monjas de las órdenes femeninas en Estados Unidos.
Esa intervención original fue “reforzada”, pocos después, con otra a cargo de la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe (contenido en inglés), dirigida entonces por William Levada (texto en inglés), antiguo arzobispo de San Francisco (1995-2005).
Parte de la documentación de la visita está disponible en el sitio de la conferencia de obispos de los Estados Unidos (contenido en inglés).
El hecho que tanto Levada como, mucho más, Rodé estuvieran dispuestos a hacerse de la vista gorda ante los abusos documentados en órdenes como la Legión de Cristo mientras atacaban agresivamente y de manera simultánea a la LCWR, revela las verdaderas prioridades del papado de Ratzinger.
Cacería de monjas
Su voluntad de ignorar la realidad del abuso en las instituciones dirigidas por varones, mientras lanzaban una supuestamente doctrinal “cacería de monjas” en Estados Unidos, subraya la naturaleza selectiva de su “explicación” del abuso y su comprensión confusa de la modernidad y, más aún, de la sexualidad.
Finalmente, sería el papa Francisco quien, en 2014 (contenido en italiano), puso un fin anticlimático a la investigación contra las monjas estadunidenses. Ellas voltearon el tablero contra Roma. Usaron la visita para lanzar una campaña exitosa, Nuns on the Bus (Monjas en el bus), que ahora es un ministerio formal que les permite recorrer Estados Unidos para explicar qué hacen y cómo lo hacen. Una evaluación de las monjas afectadas está disponible aquí en inglés.
Una entrega previa de esta serie profundizó en el papel de Rodé en la gestión de la crisis de abusos sexuales, especialmente al considerar los casos de la Legión de Cristo-Regnum Christi en México y el Sodalitium de Vida Cristiana en Perú. Como se indicó entonces, Rodé elogió a Maciel a pesar de que Roma ya había reconocido que abusaba de su familia y de la orden que él fundó.
Si la “cacería de monjas” lanzada por Benedicto XVI no es suficiente, un ejemplo más reciente de su estilo para resolver problemas surgió en 2019. Dado que ya era emérito, su postura sobre el tema no está en el sitio web del Vaticano, sino en Klerusblatt, una revista alemana en papel.
Poco después, ACI Prensa publicó una traducción al español de lo que, según Ratzinger, era una “contribución” indirecta a la cumbre del Vaticano convocada por Francisco del 21 al 24 de febrero de 2019, con el tema La protección de los menores en la Iglesia.
En el primer párrafo de su texto, Benedicto XVI culpó a la educación sexual ofrecida por la entonces República Federal de Alemania y Austria:
El asunto comienza con la introducción de los niños y jóvenes en la naturaleza de la sexualidad, prescrita y apoyada por el Estado. En Alemania, la entonces ministra de Salud, la Sra. (Käte) Strobel, hizo rodar una película en la que se mostraba todo lo que antes no se permitía mostrar públicamente, incluidas las relaciones sexuales, con fines educativos. Lo que al principio sólo estaba destinado a la educación sexual de los jóvenes, fue aceptado consecuentemente como una opción factible.
Efectos similares se lograron con el 'Sexkoffer' publicado por el gobierno austríaco [un polémico 'maletín' de materiales de educación sexual utilizado en las escuelas austríacas a finales de la década los ochenta].
La modernidad como culpable
En una sucesión extralógica de argumentos, el profesor Ratzinger conectó esos cambios con otros:
- Las películas sexuales y pornográficas se convirtieron entonces en algo común, hasta el punto de que se proyectaban en los cines de las estaciones de tren [*Bahnhofskinos*]. Todavía recuerdo haber visto, al caminar un día por la ciudad de Ratisbona, multitudes hacían fila frente a un gran cine, algo antes solo visto en tiempos de guerra, cuando se esperaba alguna asignación especial.
El resto del texto de Benedicto XVI sigue un patrón similar: presentar la crisis de abusos sexuales, tal como estalló en los ochenta, como subproducto de la evolución del derecho en Estados Unidos y la modernidad, y sobre todo como algo que la Iglesia Católica aprendió a manejar sobre la marcha, sin precedentes en la historia de la institución, algo que lo tomó por sorpresa a él y a Juan Pablo II:
La cuestión de la pederastia, según recuerdo, no se agudizó hasta la segunda mitad de los años ochenta. Mientras tanto, ya era un tema público en Estados Unidos, tanto que los obispos buscaron ayuda en Roma, ya que el Código de Derecho Canónico de 1983, no permitía tomar las medidas necesarias.
Roma y los canonistas romanos tuvieron al principio dificultades con estas preocupaciones; en su opinión, la suspensión temporal del oficio sacerdotal debía ser suficiente para lograr la purificación y el esclarecimiento. Esto no lo podían aceptar los obispos de Estados Unidos, porque los sacerdotes permanecían al servicio del obispo y, por tanto, podían considerarse [aún] asociados a él. Sólo lentamente comenzó a tomar forma una renovación y profundización del derecho penal del nuevo Código, deliberadamente construido de forma laxa.
Benedicto XVI repetía lo que ya había dicho durante su mandato como papa en funciones, como uno de los muchos ejemplos posibles, en su carta de 2010 a los fieles de Irlanda.
Allí se puede ver un resumen del argumento en la sección n.º 4, donde culpa a la modernidad, la secularización, el abandono de las tradiciones y el tímido intento de su propia iglesia en los sesenta de ser más fiel al Evangelio que reclama como su tesoro más valioso como los culpables de la crisis.
El único error reconocido por Benedicto XVI fue “una tendencia, motivada por buenas intenciones, pero equivocada, a evitar los enfoques penales de situaciones canónicamente irregulares. En este contexto general debemos tratar de entender el desconcertante problema del abuso sexual de niños, que ha contribuido no poco a debilitar la fe y a la pérdida de respeto por la Iglesia y sus enseñanzas”.
Explicaciones que no explican
El principal problema con las “explicaciones” del papa Ratzinger de 2010 o 2019 es que ninguna de ellas fue capaz de explicar realmente lo que pasaba. Para él, el problema surgió en los setenta u ochenta por la erosión moral de Occidente. Cierto, él no era un historiador profesional, pero dada la tarea que desempeñó durante casi cuatro décadas, un mínimo de conocimiento histórico habría sido útil para él y para la institución.
En todo caso, su texto de 2019 se lee, seis años después, como un intento de limpiar su historial y el de sus predecesores sobre el tema, mientras se aferra al tipo de pánicos morales que las instituciones religiosas, cristianas o no, usan cuando culpan a otros de sus errores. Esta serie ha profundizado en la tesis de Benedicto XVI sobre la crisis de abuso sexual, por lo que no es necesario insistir.
Lo que es una incógnita en la actualidad es qué hará el papa León XIV para atajar la crisis de abuso sexual en lo que podría llegar a ser un papado que fije una nueva marca, pues Robert Prevost Martínez nació en 1955, lo que lo hace un relativamente joven papa de 70 años. ¿Acusará a la modernidad como la culpable de la crisis como hicieron Juan Pablo II y Benedicto XVI? ¿Construirá sobre la base de la relativamente tímida reforma que intentó Francisco?
El asunto también es relevante porque en diciembre de 2025, la Biblioteca Huntington en San Marino, California, puso a disposición del público, en línea, documentos de la Inquisición en la Ciudad de México.
Los documentos están en California al menos desde los cuarenta, cuando la Biblioteca Huntington los recibió de George R. G. Conway (contenido en inglés), un exejecutivo de una minera de Estados Unidos en México, y de otros individuos. Como aún ocurre con documentos similares en México, España y Perú, no es fácil consultarlos.
Hacia 1964, Seymour B. Liebman publicó un texto académico titulado “The Abecedario and a Check-List of Mexican Inquisition Documents at the Henry E. Huntington Library”. Aunque el interés de Liebman se centraba en las desventuras de la diáspora judía en América Latina, su trabajo sobre los documentos de la Huntington fue un avance para comprender el papel de la Inquisición en la América Latina colonial.
Lo que revelan los papeles de la Huntington
La Guide of the Hispanic American Historical Review de 1980, disponible aquí en el Internet Archive (contenido en inglés), resume el texto de Liebman (págs. 6-7) como “una descripción general de la naturaleza y el listado del contenido principal de 46 volúmenes de documentos de la Inquisición mexicana comprados en 1907 y legados a la Biblioteca Huntington en San Marino, California. Se presenta la naturaleza de los 1,744 procesos por números en cada categoría de delito, se catalogan los castigos, se anotan los conflictos de jurisdicción y se discute el problema de los nombres y alias”.
Desde entonces, el trabajo de Liebman en la Huntington Library ha sido una referencia clave para especialistas en estudios coloniales de México y América Latina como Solange Alberro, entre otros.
Sería en 2013 cuando comenzó un proyecto de digitalización, pero los resultados permanecieron en su mayor parte no disponibles. Doce años después, en febrero de 2025, la biblioteca codificó los metadatos, lo que permitió que 93 procesos fueran localizables.
Finalmente, en diciembre de 2025, una fracción de los documentos de la Inquisición en México en la Biblioteca Huntington estuvieron totalmente disponibles como archivos *.jpg o *.pdf cuando el Online Archive of California, registró los documentos gracias al uso de ArchiveSpace, una herramienta digital.
Fue a principios de enero cuando grupos especializados de redes informaron de la disponibilidad digital de los documentos de la Inquisición en México en la Huntington Library, como prueba el mensaje de Jorge Cañizares-Esguerra en Facebook.
A diferencia de lo que todavía ocurre en Sevilla, Ciudad de México y Lima, las tres sedes principales de la antigua Inquisición española, los documentos de la Biblioteca Huntington están disponibles en línea y, si uno es capaz de leer registros españoles manuscritos de los siglos XVII, XVIII y XIX, es posible revisar, página por página, lo que podría verse como una muestra no probabilística de los casos que la Inquisición en la Ciudad de México trataba en ese momento.
Esta suerte de “muestra no probabilística” es más relevante porque confirma lo que investigaciones más tradicionales realizadas por académicos en Sevilla, Ciudad de México y Lima han documentado durante el último siglo o más en los archivos: si se deja de lado cuestiones como la práctica religiosa o su linaje, para decidir si alguien era descendiente de personas judías o musulmanas, los archivos de la Inquisición reconocen la relativamente frecuente práctica de la solicitación.
Y es una suerte de “muestra no probabilística” porque no es posible saber qué se ha perdido en la rapiña que ocurrió en México luego del conflicto Iglesia-Estado del siglo XIX o las que seguramente ocurrieron, acaso en menor escala en Lima y Sevilla, además de la pérdida de registros de actividades de la Inquisición en otras diócesis del antiguo Imperio Español.
Baste señalar, por ejemplo, que en Lima hay huecos, que se verá más adelante en las tablas 3 y 4, que abarcan un total de poco más de 120 años. Sin olvidar que están todos los datos de la Inquisición en el Imperio Portugués, similar pero no igual a la española, así como las otras formas de tribunales de inquisición que existieron en Europa ya desde la Edad Media.
En todo caso, incluso antes de presentar los datos es posible señalar que no hay fundamento para lo dicho por Benedicto XVI en 2019 y que sería lamentable que León XIV regresara a esa posición.
Los documentos de la Huntington Library confirman que el abuso sexual no es un desarrollo asociado a la modernidad, y que la Iglesia Católica ha sido consciente de cuán frecuente es el abuso sexual del clero al menos desde el siglo XVII, cuando el actual Dicasterio para la Doctrina de la Fe fue creado como la institución responsable, ya en 1622, de abordar lo que ahora es el abuso sexual del clero.
Un ejemplo irrefutable de ello es el juicio iniciado en 1620, que se prolongaría casi 20 años hasta 1639 contra el franciscano Esteban Rodríguez, del que se presentan las dos primeras páginas un poco antes y cuyo archivo está disponible aquí. El caso tuvo a Rodríguez como acusado de la solicitación de varones menores de edad (niños), algo que ahora sería calificado como abuso sexual de menores.
Culpar a la víctima
Y está el problema de que los archivos de la Inquisición no contienen la terminología moderna de “abuso de menores”, pues la conducta sexual inapropiada se codificaba a través de las categorías de solicitación, sodomía y herejía. La herejía funcionaba como una categoría judicial amplia, que permitía al Santo Oficio procesar el comportamiento sexual “antinatural” al enmarcar las transgresiones morales como errores teológicos.
La solicitación, el acto de un sacerdote que busca o solicita una relación sexual en la confesión, el sacramento de la penitencia, fue identificada como la principal amenaza institucional porque socavaba directamente la aplicación del celibato clerical tras el Concilio de Trento, una reunión de cardenales y obispos que ocurrió de 1545 a 1563.
Entre muchos otros cambios, Trento redefinió la manera en que la misa y otros sacramentos debían celebrarse, obligó al uso del latín como la lengua oficial de la Iglesia Católica para cualquier celebración litúrgica, al tiempo que elevó las penas contra los sacerdotes que no aceptaran ser célibes, y recodificó la manera en que debía ocurrir la confesión para que fuera válida.
Para combatir la solicitación y, de manera más general, la indisciplina sexual de sus clérigos, la jerarquía trasladó la carga de la vigilancia de la institución a los laicos. Los mandatos establecidos originalmente en España en 1559 y ampliados a toda la Iglesia en 1622 mediante la bula papal Universi Dominici, la que dio origen al ahora Dicasterio para la Doctrina de la Fe, exigían que los laicos denunciaran a los sacerdotes solicitantes bajo la pena específica de excomunión.
Este diseño creó una trampa espiritual para los fieles: debían elegir entre acusar a una figura “sagrada”, a menudo la figura de autoridad más visible en el Imperio Español de América y el riesgo espiritual de ser separados de los sacramentos.
El mecanismo utilizó eficazmente la fe de los laicos como herramienta para disciplinar al clero, aunque fracasó en prevenir la proliferación de la práctica. De hecho, fue contraproducente, pues implicaba enfrentar a un clérigo contra otros.
Era una versión antigua del juego de “culpar a la víctima”, pues si la víctima no seguía el tortuoso procedimiento la culpa recaía en él o ella. Y, por doloroso que sea revisar los detalles de algunos de los procesos, los documentos en Sevilla, Ciudad de México, Lima y la Biblioteca Huntington refutan la teoría de que los laicos fueran indiferentes al mandato de denuncia o que no los tomaran en serio.
Los registros muestran que los fieles cumplieron con su obligación a pesar del inmenso costo logístico, financiero y social. Denunciar a un sacerdote requería viajar a ciudades, sacrificar tiempo y enfrentar represalias o intimidación.
Los laicos participaron porque mantenían una firme creencia en las enseñanzas morales de su iglesia y esperaban que la jerarquía cumpliera. Incluso antes del mandato universal de 1622, los fieles en el Imperio Español cumplieron con la obligación de denunciar a los solicitantes, al demostrar una profunda adhesión a la moral que la Iglesia Católica predicaba, a diferencia de la jerarquía.
Por eso los dichos de Ratzinger en 2019 sobre que él y la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe tuvieron "dificultades" para comprender la crisis de abuso sexual que emergió de los ochenta son difíciles de aceptar.
Las palabras de Ratzinger en 2019 sugieren una amnesia colectiva difícil de justificar cuando el mismo Dicasterio que él dirigió tiene las llamadas Relaciones de Causa de esos procesos en sus archivos desde hace siglos en el Vaticano o, peor aún, revelan un intento para inducir ese tipo de amnesia colectiva en los fieles de modo que prospere el uso de pánicos morales como “explicación”.
Trucos favoritos
Esto es más evidente cuando uno revisa las respuestas que ya en tiempos de la Colonia se ofrecían a estos temas. Ya entonces, los miembros de la jerarquía católica habían ideado uno de sus trucos favoritos. En los casos que resolvía la Inquisición uno encuentra sacerdotes acusados que son enviados de una ubicación en el Imperio Español a otra, la semilla de la “solución geográfica”, que ha sido documentada en varias entregas de esta serie.
El objetivo era evitar el escándalo causado por un juicio. En la Ciudad de México, el Santo Oficio tenía una política de “sentido común y discreción”, que modulaba los resultados judiciales en función de la clase social, la edad y la cultura, algo que también ocurrió en México o Chile cuando emergieron en el siglo XX las quejas sobre Marcial Maciel o Fernando Karadima, respectivamente. Existía una noción de “benevolencia selectiva” que casi siempre beneficiaba a la casta sacerdotal.
Esta “discreción” protegía la condición sagrada de la casta sacerdotal al asegurar que los procedimientos permanecieran en secreto, para que el laicado "profano" no fuera testigo de la magnitud de los fallos clericales. En ese sentido, si los procesos y el castigo por brujería o por prácticas judaizantes eran un espectáculo público en las plazas principales tanto del Imperio Español como del portugués, las resoluciones relativas a la solicitación eran casi siempre discretas.
Al enfatizar la distinción básica entre lo sagrado y lo profano, la Iglesia Católica, estrechamente conectada con la corona y el imperio, minimizaba el impacto de los delitos de los clérigos para mantener su inventario de confianza. Esta división estructural es central para entender cómo la jerarquía podía reconocer el delito internamente mientras protegía al perpetrador del público.
Algo de los datos disponibles
Un estudio de la región de Tasco (actual Taxco, Guerrero, México) revela la intensidad de la solicitación. Entre 1580 y 1630, los casos representaron el 12.1 por ciento de todos los procesos ante el Santo Oficio ahí. Fue el segundo delito más frecuente después de la herejía, aunque el autor señala que muchos delitos sexuales eran codificados como herejías para preservar la jurisdicción.
Las víctimas en Taxco eran mayormente jóvenes solteras o recién casadas. Sus testimonios hablan de una profunda inconformidad y decepción espiritual. Estas denuncias fueron impulsadas por su firme adhesión a la moral católica golpeada por un sentimiento de traición por parte de los confesores encargados de su guía.
A diferencia de las élites de la Nueva España, que podrían haber sido más cínicas, estas mujeres creían firmemente en las enseñanzas morales de la Iglesia y esperaban consecuencias por el comportamiento depredador.
Otro subconjunto de los siglos XVII y XVIII en la Ciudad de México identifica 41 casos de "sodomía perfecta" (varón y varón). En un alto porcentaje de esos casos, un miembro del clero era el “seductor y encausador” (ver Flores Melo 2000).
Estos clérigos aprovecharon su investidura, la manera en que se les percibía como autoridades divinas, para instigar actos sexuales. Seguían un patrón consistente: el sacerdote utilizaba la naturaleza sagrada de su cargo para iniciar la interacción y luego usaba "regalos o amenazas" para asegurar el silencio.
Nadie en el Imperio Español impulsaba la educación sexual en las escuelas y menos había cines con pornografía en la Ciudad de México colonial, lo que desacredita la crítica del Benedicto XVI a la modernidad en Alemania y Austria a mediados del siglo XX como causa de la crisis de abuso más tarde en ese siglo.
Aunque la violencia física no era común, el peso psicológico de la autoridad del sacerdote era la herramienta para perpetrar, legitimar e incluso minimizar el abuso. Los archivos muestran que los sacerdotes, gracias a su autoridad, atacaban a sus fieles y luego trataban de encubrir sus actos con sobornos o intimidación.
Datos adicionales de Alberro (2015) ofrecen una comparación de la distribución de delitos en todo el Imperio Español. Hay diferencias notables entre España (2.6 por ciento) y Nueva España (5.1 por ciento) y más con los datos en regiones de Nueva España como Taxco (12.1 por ciento). Lo importante es que los datos prueban que los casos se reportaban, lo que refuta la narrativa de Benedicto XVI de 2019 sobre la situación en los ochenta del siglo XX.
También debe considerarse que García Mendoza es muy cuidadoso al destacar la manera en que la etnicidad complicaba el problema de la solicitación en la región de Taxco en la entonces Nueva España. Había más mujeres mestizas e indígenas ahí que eran blanco de sacerdotes peninsulares, criollos y mestizos.
La tabla 2 consolida datos de cuatro distintas fuentes acerca de procesos en España y Nueva España. Los datos en la columna 1, exclusivos de España, proceden de un texto de 1977 por Gustav Henningsen. Los datos de las columnas 2, 3 y 4 proceden de distintas fuentes. La columna 2 es del Índice del ramo Inquisición del Archivo General de la Nación, vol. 1 No. 6. La 3 se desprende del vol. 49 de la obra de Vicente Riva Palacio sobre la Inquisición. Finalmente, la 4 es de un primer intento para organizar los datos en la Biblioteca Huntington luego del texto de Liebman. La obra maestra de Alberro ofrece una explicación detallada.
Si uno se olvida de las variaciones en la frecuencia de los casos, lo que importa es que el problema ya se reportaba en el Imperio Español del siglo XVI, lo que refuta lo dicho por Benedicto XVI sobre la novedad del fenómeno en los siglos XX y XXI.
También debe considerarse que las discrepancias en las estadísticas para España y Nueva España y las realidades en lugares como Taxco evidencian qué tan efectiva podía ser la solidaridad entre clérigos, el “vínculo escarlata” para maquillar el abuso mientras se centraban en las ofensas religiosas menores o las herejías.
Los datos de Lima muestran patrones similares, como se puede observar en las siguientes tablas. La tabla 3 corresponde a una muestra de 1570 a 1600.
Una segunda muestra, de 1621 a 1700, muestra patrones similares.
Los datos en los papeles de la Biblioteca Huntington son difíciles de distinguir de lo que ya sabíamos del delito de solicitación en el Imperio Español.
Y patrones similares emergen en análisis más específicos de casos juzgados por la Inquisición en otros lugares del Imperio Español. Conviene destacar, como dos de varios posibles ejemplos de artículos publicados recientemente sobre la manera en que la Inquisición lidió con lo que ahora podría ser visto como abuso sexual de clérigos de lo que ahora son territorios de Argentina y Colombia.
Jacqueline Vassallo publicó en 2009 un texto sobre “clérigos solicitantes” en Córdoba del Tucumán, actual Córdoba, Argentina, en el siglo XVIII. En aquel momento, los casos allí estaban bajo la jurisdicción del Tribunal de Lima, actual capital de Perú. Como ocurre hoy entre los casos mexicanos y argentinos de abuso sexual del clero, lo que cambia son los nombres de perpetradores, víctimas y lugares, pero el guión es básicamente igual.
Más recientemente, Mariana Meneses Muñoz publicó otro texto que compara procesos por solicitación en la Ciudad de México, Lima y Cartagena de Indias, sobre el mismo tipo de procesos en el Virreinato de Nueva Granada del siglo XVII, actual Colombia.
Como ocurre hasta el día de hoy, una característica del abuso sexual del clero fue el uso de las creencias religiosas de las víctimas, sus familiares y comunidades como un arma. En la Ciudad de México, el caso de fray Simón de la Concepción ilustra rituales utilizados como herramientas para la depredación. Acusado en 1747 por Juana Antonia de Santa Teresa, supuestamente retuvo a mujeres en el confesionario hasta por cuatro horas contra su voluntad.
Usó su papel como confesor para amenazarlas y, lo más crítico, utilizó la denegación de la confesión o la absolución como moneda de cambio. La instrumentalización del “poder de las llaves”, las del Reino de los Cielos, convirtió un lugar de sanación espiritual en un lugar de cautiverio psicológico y físico.
Demuestra que el abuso no fue meramente sexual, sino una explotación más integral del poder simbólico que ostentaban los clérigos, quienes eran capaces en ese momento de imponer la obligación de confesarse al menos una vez al año, atrapando la conciencia de los fieles.
El vínculo escarlata
También están presentes las semillas de lo que Richard Sipe llamó en el siglo XX el vínculo escarlata. Esta serie ha tratado esa noción en diferentes entregas. Baste decir en este punto que el vínculo escarlata describe la prioridad institucional de proteger el prestigio clerical por sobre el bienestar de las víctimas. El texto que aparece después de este párrafo ofrece detalles de lo que es el vínculo escarlata en la sección “El depredador como lobo solitario”
Para Sipe, el vínculo escarlata está estrechamente asociado a la preocupación obsesiva del clero por el secreto. Lo ve como "la piedra angular de la construcción social del celibato clerical y su violación. La reverencia otorgada a la confesión sacramental se estira más allá de toda razón para cubrir y justificar violaciones y amoríos sexuales clericales conocidos".
En casos contemporáneos como los de Marcial Maciel en México o Fernando Karadima en Chile, el secreto fue primordial para el arzobispo maltés Charles Scicluna cuando dio cuenta de sus crímenes, especialmente al tratar con quienes ayudaron o al menos permitieron que tanto Maciel como Karadima perpetraran tantos delitos como pudieron; pero los patrones ya están presentes en los registros de la Inquisición en Sevilla, Ciudad de México o Lima.
El análisis histórico, como el de la mencionada académica argentina Jacqueline Vassallo, confirma que el objetivo de la Inquisición nunca fue la reparación del daño infligido a la víctima sino, al menos públicamente, la protección del sacramento de la penitencia de la "profanación". Y dado que el actor clave en tal sacramento es el sacerdote, siempre hubo una buena excusa para proteger a los sacerdotes que lo realizaban, incluso si era dentro del contexto de dicho sacramento donde ocurrían muchas de las “solicitaciones”.
Debido a que el delito era visto como una profanación espiritual más que como un crimen contra una persona, a los perpetradores se les concedieron privilegios significativos. Esperaban el juicio en conventos en lugar de cárceles inquisitoriales y eran protegidos de los autos de fe más públicos o del uso de los sambenitos, hábitos similares a los usados por monjes impuestos a sospechosos de brujería, de “ser luteranos” o de practicar la “Ley de Moisés”.
Esto preservó la imagen de la élite sacerdotal católica "sagrada", una suerte de casta, mientras se ignoraba sistemáticamente el daño psicológico y físico de las víctimas. Este desdén es una constante histórica; las víctimas no importan a la institución, a pesar de que eran ellas quienes cumplían con el aspecto más desagradable de la regulación interna de la iglesia a través de sus denuncias.
Y peor aún, a pesar de la posición original de la Iglesia Católica sobre la denuncia como un deber de los fieles, ahora quienes osan denunciar los abusos y excesos de la jerarquía se convierten en blanco de ataques fomentados por la jerarquía que se presenta a sí misma como víctima de sus enemigos.
Depredadores sagrados
Dos casos de jesuitas sudamericanos ilustran la realidad funcional del vínculo escarlata y la indulgencia otorgada a los depredadores "sagrados":
Melchor Venegas (Chile): Declarado culpable de solicitar a ocho mujeres, su sentencia de destierro fue conmutada por la Compañía de Jesús a simplemente rezar el rosario diariamente durante cuatro años. Se le permitió permanecer en el ministerio entre poblaciones vulnerables, lo que reflejaba el desdén por el riesgo que representaba para los demás. Su “castigo” fue simbólico, lo que envió el mensaje de que actuar como él no tenía consecuencias reales, al menos no había consecuencias canónicas para los clérigos involucrados.
Pedro Miguel de Fuentes (Perú): Fuentes afirmó que sus “intenciones” eran puras, lo que hacía que los actos físicos no fueran pecaminosos para los miembros de su orden, mientras que sería pecado en otras órdenes religiosas con intenciones corrompidas. A pesar de formar lo que se describe como un “culto” que mortificaba a las mujeres en público, sólo recibió una prohibición de diez años para confesar a mujeres. El daño a las almas, las psiques y los cuerpos de las mujeres permaneció totalmente ignorado en la resolución institucional.
Los registros del Tribunal de Lima (1581–1585) incluyen casos como los de Gabriel de Migolla en Popayán, actualmente en Colombia, y Juan Angulo de Cabrera. Los documentos de distritos remotos como Chachapoyas y Loja (actual territorio de Ecuador) confirman que los fieles cumplían con denunciar incluso en áreas geográficamente aisladas.
Un caso atípico notable es el de Antonio Ordóñez de Villaquirán, un canónigo en Quito que fue torturado y ejecutado. Sin embargo, se sospechaba que estaba casado en España y vivía en concubinato público desde hacía veinte años, lo que sugiere que la Inquisición sólo actuaba cuando las leyes canónicas relativas al sacerdocio (como la bigamia) eran violadas junto con la solicitación. Esto subraya que la solicitación en sí misma solía dar lugar a sentencias indulgentes diseñadas para permitir que el clérigo pudiera ejercer el ministerio, como sucede ahora.
El agotamiento de la confianza
Las estrategias de secreto, traslado y el "maquillaje" de los hechos utilizadas durante más de 400 años se volvieron insostenibles a finales del siglo XX. La mejora de la comunicación y la pérdida del control institucional sobre la información hicieron ineficaces las estrategias tradicionales para silenciar las quejas. La priorización de la pureza ritual sobre la protección individual ha llevado al agotamiento total del "inventario de confianza" de la jerarquía.
La crisis actual representa el colapso de un sistema construido sobre la revictimización sistémica de los fieles para proteger su propia reputación. La construcción de lo "sagrado" frente a lo "profano" sigue siendo la clave del problema, relevante para los casos históricos y para la crisis global actual.
Negar los hechos, encubrirlos o transferir la responsabilidad a las víctimas se convierte en una pesadilla mediática y social para una jerarquía que ha agotado su inventario de buena voluntad y confianza. La idea de que mantener la integridad de los rituales es más importante que el efecto del abuso es ahora insostenible.
La erosión de la confianza es la principal consecuencia del desdén histórico por las víctimas y la elevación de la integridad clerical por encima de la realidad humana. Esta dinámica, caracterizada por negar los hechos o transferir la responsabilidad a las víctimas, termina convirtiéndose en una pesadilla social para una jerarquía que ve agotado su inventario de buena voluntad.
En última instancia, la evidencia que emerge de los archivos de la Inquisición, desde Taxco hasta los legajos ahora digitalizados de la Biblioteca Huntington, desmantela el pánico moral con el que Benedicto XVI pretendió atajar la crisis.
La solicitación y el abuso de poder sagrado eran realidades administrativas cotidianas y tipificadas en el Imperio Español de los siglos XVI-XVIII. La modernidad, por más que incomode a los discípulos de Ratzinger, no puede ser la culpable del abuso. Es una excusa usada de cuando en cuando, para distraer a quienes no estén al tanto de la larga historia del problema.
Mucho menos puede culparse a la educación sexual del siglo XX ni a los cines callejeros de Europa central en los sesenta, cuando hay un registro documental de la manera en que la Iglesia Católica, con la venia del Imperio Español, gestionaba, ocultaba y maquillaba el abuso sexual hace 400 años.
Los registros históricos refutan el que la Iglesia Católica no sabía de la la crisis de abuso sexual en los ochenta. La evidencia en los archivos del Imperio Español demuestra que el abuso sexual a manos de clérigos, codificado como solicitación era un problema persistente y bien documentado al menos desde el siglo XVI.
Estos casos no eran hechos aislados; eran sistemáticamente abordados en tribunales, discutidos y administrados por las autoridades de la Iglesia Católica con mecanismos que premiaban la secrecía, la reubicación y las penas irrelevantes, como ocurre ahora aún.
Y más porque la entidad responsable del cumplimiento de la doctrina, el ahora Dicasterio para la Doctrina de la Fe, la antigua Inquisición, tiene su propio registro de casos de varios siglos, lo que descalifica cualquier narrativa de ignorancia institucional. La consistencia de los patrones en distintas regiones y eras, a pesar de lagunas en los archivos por rapiña o pérdida, revela que la crisis no es un producto de la modernidad o de un quiebre cultural. Es un reto de larga data que la Iglesia Católica ha sido incapaz de resolver.
La evidencia prueba que el negacionismo y el encubrimiento han agotado el inventario de confianza en la Iglesia, lo que hace esenciales la transparencia y la rendición de cuentas para cualquier solución digna de serlo.
Lo que sea que el papa León XIV planee como su enfoque para resolver la crisis de abusos sexuales necesita abandonar la lógica de los pánicos morales centrados en el ataque de la modernidad.
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Nota de producción: El texto del resumen, como el principal, fueron escritos y editados sólo por el autor. La grabación de la lectura del audio se hizo con una herramienta de texto-a-habla (Microsoft Word vía Web). La IA se usó sólo para generar la voz y no para la creación del contenido.
Referencias
Alberro, Solange (2015 [1988]) Inquisición y sociedad en México, 1571-1700. México, Fondo de Cultura Económica, e-book 540 posiciones.
Flores Melo, Raymundo (2000) “Casos de Sodomía ante la Inquisición de México en los siglos XVII y XVIII”, p. 51 en Quezada, Noemí; Rodríguez, Martha Eugenia y Suárez, Marcela (2000). Inquisición novohispana. Volumen 2, México, UNAM-UAM, 430 pp.).
García Mendoza, Jaime (2000) “Casos de curas solicitantes denunciados ante el Santo Oficio de Tasco (1580-1630)”, pp. 25-44 en Quezada, Noemí; Rodríguez, Martha Eugenia y Suárez, Marcela (2000). Inquisición novohispana. Volumen 2, México, UNAM-UAM, 430 pp.).