La UACM, como otras universidades mexicanas, alienta la violencia de género por el diseño de sus reglas de operación y órganos internos.
Ponencia de Roxana Rodríguez Bravo, antigua académica de la UACM, presentada en el seminario Feminismo(s), violencia(s) y justicia del CIDE, 30 de marzo de 2023.
Por Roxana Rodríguez Bravo
La Universidad Autónoma de la Ciudad de México, UACM, se creó en 2001 por el jefe de Gobierno del entonces Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador.
Actualmente cuenta con cinco planteles en San Lorenzo Tezonco, en la alcaldía Iztapalapa; Cuautepec, en la alcaldía Gustavo A. Madero; Centro Histórico, en la alcaldía Cuauhtémoc; la colonia Del Valle en la la alcaldía Benito Juárez y la llamada Casa Libertad, también en Iztapalapa.
Como otras universidades, públicas o privadas en México, no mostró mayor interés de inicio con el problema del abuso y el hostigamiento sexual.
Su primer protocolo sobre el tema fue desarrollado en 2013 por Samantha Zaragoza y otras profesoras como Yolanda Pineda. Ese primer protocolo buscaba atender los casos de violencia de género en San Lorenzo Tezonco.
Fue producto del trabajo en un Círculo de Estudios de Género, cuando alumnas y alumnos se acercaron a ellas para pedir información sobre cómo denunciar a un estudiante por acoso sexual. Las profesoras investigaron y se percataron de la falta de lineamientos al respecto.

Una de las actividades en los planteles de la UACM en que se denuncia la manera en que protege agresores.
Por ello, diseñaron un protocolo de atención a casos de violencia, acoso y hostigamiento sexual. El protocolo, en el que también participaron colectivos de la comunidad estudiantil, fue un verdadero avance en su momento.
Se adelantó a hechos que serían denunciados en la propia UACM de manera casi simultánea y fue una primera admisión de una realidad que afecta a todo el sistema educativo mexicano. Conviene tenerlo presente como un verdadero avance en la discusión de este problema.
Ese protocolo se caracterizaba por ser:
- Situado; es decir, solo era aplicable dentro del plantel San Lorenzo Tezonco y no en toda la UACM.
- Las rutas de atención a las víctimas se diseñaban según las necesidades de cada caso en particular.
- El protocolo de Zaragoza y Pineda no exigía la creación de una oficina exclusiva para recibir y procesar las denuncias.
El protocolo seguía este procedimiento:
- Citaba al agresor y le explicaba los derechos de la víctima que violentaba.
- Exigía que cesaran los actos de violencia.
- Monitoreaba permanentemente la situación de la víctima respecto del agresor.
- Si la víctima lo deseaba, alguien del grupo de acompañamiento iba con ella al Ministerio Público para presentar ahí una denuncia formal.
Sin embargo, el protocolo no consideraba los casos de profesores de tiempo completo o de autoridades de la institución.
En este punto es importante tener presente el caso de José Enrique González Ruiz.
Ese caso emergió en 2014. Ese año la UACM admitió que González Ruiz, profesor en esa institución, hostigaba a dos académicas. El caso era investigado por las autoridades de la UACM desde junio de 2013 y una de las dos académicas involucradas trabajaba bajo las órdenes del González Ruiz.
Cabe apuntar, sin embargo, que la UACM exigió que el proceso transcurriera en “estricta confidencialidad”. Es decir, las víctimas no podían hacer pública la situación que enfrentaban.
En abril de 2014, la UACM informó que luego de once meses de investigación, se decidió que González Ruiz era responsable de hostigar sexualmente a la antropóloga María del Carmen Rodríguez Sánchez y sexual y laboralmente a Clemencia Correa. Las dos formaban parte de la maestría en Derechos Humanos que coordinaba González Ruiz.
Es así como se llega, en 2020, al Protocolo para prevenir y erradicar la discriminación, la violencia contra las mujeres, el acoso y el hostigamiento sexual en la Universidad Autónoma de la Ciudad de México.
La actual rectora de la institución, Tania Rodríguez Mora, insiste en que el Protocolo fue producto de la lucha de la comunidad, pero para darle forma al documento no hay registro de que hubiera alguna vinculación o consulta con activistas o estudiantes; fueron académicas y la misma rectora quienes lo impulsaron. Se colgaron una medalla.
En la página 3 del texto del protocolo se lee:
Este Protocolo para prevenir y erradicar la discriminación, la violencia contra las mujeres, el acoso y el hostigamiento sexual en la Universidad Autónoma de la Ciudad de México aspira a dar respuesta a la demanda histórica de la comunidad universitaria para la atención de los casos de violencia en nuestra institución, pero también en seguimiento a los principios de la Ley de la Universidad, construir estrategias para el cambio de las conductas violentas en contra de las mujeres y para brindar a toda la comunidad universitaria un ambiente libre de violencia y que sea producto de una cultura de la paz.
Esta aspiración, sin embargo, no se logra.
No se logra, entre otras razones, porque hay un problema de diseño del instrumento que fue realizado y aprobado por el VI Consejo Universitario. Esa es la máxima autoridad de la UACM. En ese órgano colegiado un agresor denunciado en la Fiscalía de Justicia de la Ciudad de México por violencia de género se desempeñaba como consejero.
Es cierto que el texto destaca el reconocimiento de todo tipo de violencias y su carácter extraterritorial, es decir, no se limita sólo a lo que ocurre en alguno de los cinco planteles.
Sin embargo, es un documento muy amplio y poco conciso y confuso. Las quejas se presentan en primera instancia en la Defensoría Universitaria. La rectoría se automargina del proceso, no se entromete, para así “lavarse las manos”.
Sin justicia, más violencia de género
Una vez que se termina la investigación, pasa al Consejo de Justicia. De acuerdo con el art. 160 del mismo Estatuto:
Artículo 160. Será el Consejo de Justicia el que establezca las sanciones, excepto en los casos donde se hayan derivado a la Oficina del Abogado General y sea ésta quien las establezca.
El problema es que el Consejo de Justicia no está conformado. Esa es una de las razones por las que no hay sanciones para las 120 denuncias actualmente en curso en la Defensoría.
Un problema clave del Consejo de Justicia es el de los miembros que podrían llegar a integrarlo, pues dadas las características de órganos similares en universidades autónomas en México, la expectativa es que participen los colegas, amigos, y compañeros de trabajo de los agresores.
Y ese problema se agrava porque la expectativa es que se apliquen sanciones.

El cartel de la sesión del seminario del CIDE.
El artículo 158 del mismo Estatuto dice:
Las sanciones que pueden imponerse por las faltas señaladas en este Protocolo, en concordancia con los artículos 52 y 53 del Catálogo de Normas de Convivencia, son:
- Amonestación por escrito. La amonestación puede ser pública o privada.
- Apercibimiento. Puede ser público o privado.
- Emisión de un acta circunstanciada.
- Presentación de una disculpa pública.
- Prestación de servicio comunitario.
- Reparar el daño o perjuicio causado a personas. Reparar el daño o perjuicio que se haya ocasionado a la Universidad o a sus bienes.
- Carta compromiso de cambio de conducta.
- Rehabilitación condicionada
- Separación temporal de la Universidad
- Cuando se hayan agotado todas las rutas de resarcimiento de la falta, o cuando la gravedad de la misma sea extrema e irreparable, se sancionará con la separación definitiva de la Universidad.
Es notable que en ninguno de esos supuestos se contemplen sanciones serias.
¿Es un caso de “abrazos, no balazos”?
¿Dónde queda el problema de la reparación del daño, por ejemplo?
Entre las muchas irregularidades que se pueden observar en el documento está, junto con la ausencia de mecanismos claros que eventualmente permitieran conceder el “perdón” a los agresores o criterios para reparar el daño, el que el documento no prevé una ruta para que los castigos tengan la necesaria vinculación legal.
No hay tampoco mecanismos que consideren las realidades de la contención emocional y psicológica precaria en instituciones que obligan a que los contactos entre agresores y víctimas continúen. Ello se traduce en una revictimización continua, así como en ventajas para los agresores durante todo el proceso.
Por si fuera poco, se insiste en la obligación de confidencialidad y no se considera la necesidad de que existan medidas cautelares que ofrezcan alguna garantía a las víctimas de que se respetarán sus derechos. No es posible enfatizar suficientemente lo grave que es el que se imponga esta obligación de confidencialidad.
Esta exigencia de confidencialidad trae consigo que se atropelle la libertad de expresión de las víctimas o potenciales víctimas de acoso, hostigamiento y/o abuso y limita gravemente la libertad para denunciar a los agresore. Por si fuera poco, se usa también como una herramienta para perseguir de manera institucional a quienes ya han denunciado.
Es cierto que el Estatuto admite la posibilidad de que se usen otros mecanismos que coadyuven a reparar el daño, pero el artículo 167 del Protocolo los plantea como posibilidad. No hay una obligación formal de las autoridades de la UACM de hacer lo que ese artículo plantea que es, a la letra:
Además de las medidas que se acuerden entre las partes, la Universidad podrá realizar, entre otras, las siguientes acciones de satisfacción, siempre y cuando la víctima consienta en ello de manera explícita:
- I. Pronunciamiento por parte de la persona que se encuentra o se reconoce responsable, en donde acepte su responsabilidad en los hechos de discriminación y violencia. Dicho pronunciamiento deberá estar dirigido a la víctima, y siempre con presencia de autoridades universitarias. Puede ser pública o privada, atendiendo a la naturaleza del caso y el impacto causado.
- II. Fechas de conmemoración a la víctima, señalando sus aportes a la comunidad para consolidarla libre de discriminación y de violencia.
- III. Registro de los hechos y de los aportes de la víctima para consolidar una universidad libre de discriminación y violencia, en audio, video o escrito, de manera que se pueda utilizar en los procesos de enseñanza, formación y socialización sobre el tema. Designación de espacios o lugares en la propia universidad con el nombre de la víctima, con una placa con la semblanza de los hechos y de sus aportes a la comunidad para consolidarla libre de discriminación y violencia, de manera que se construya una memoria positiva de su actuar.
Violencia institucional de género
Lo que este diseño institucional, marcado por insuficiencias y precariedades genera es la realidad de una institución en la que hay 120 denuncias en la Defensoría de la UACM “atoradas”, de las que no se sabe qué podrá ocurrir.
Una clave para resolver ese “atorón” de denuncias es que se redefina la manera en que se organiza y estructura el Consejo de Justicia. Como está previsto en la legislación universitaria, no es posible suponer que podrá funcionar en algún momento en el futuro.

La UACM protege agresores, dicen las víctimas de esas agresiones.
Parte del problema es que no se contemplan sanciones más allá de amonestaciones. Tampoco existen mecanismos de vinculación judicial. Ello hace que las víctimas enfrenten una situación muy difícil que, a querer o no, hará que sean sometidas a los habituales procesos de revictimización, sin que exista garantía alguna de que los daños serán reparados y ni siquiera de que se evitarán nuevas agresiones, es decir, más violencia.
Parte del problema para las autoridades de la UACM es que no quieren enfrentar los costos de los problemas judiciales y laborales con los profesores y empleados. Pero, ¿eso justifica el que se deje a las, al menos, 120 víctimas que han denunciado en una situación en la que no se pueden defender de sus agresores y en la que, además, corren el riesgo permanente de ser revictimizadas?
Y está el otro problema, que es el de la impunidad que resulta de la politización que está detrás de las políticas de contratación y permanencia del personal académico de la UACM.
Lejos de que esas políticas consideren como algo positivo el que la UACM sea un espacio exento de abuso, hostigamiento y otras formas de violencia material y simbólica, se politizan esos procesos y ello facilita, junto con el deseo de “estricta confidencialidad”, la impunidad de los agresores.
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Los Ángeles Press publicó previamente la respuesta que Roxana Rodríguez Bravo dio a la exigencia de funcionarios de la UACM de un "derecho de réplica" a esta intervención en el seminario del CIDE. Ese texto se puede consultar aquí: