Pedro Enock García Palazuelos pierde amparo por tortura a indígenas y periodista

Cinthya Alvarado Enriquez

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Pedro Enock García Palazuelos era director de Seguridad Pública en Tapachula, Chiapas.

Por Cinthya Alvarado Enríquez

La Justicia de la Unión “No ampara ni protege a Pedro Enock García Palazuelos Domínguez respecto del acto consistente en el auto de vinculación a proceso de 9 de junio del 2022 dictado en la causa penal 2/2021”, así lo resolvió por unanimidad de votos el Primer tribunal Colegiado en materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, con este resultado la causa avanza a su etapa intermedia para compurgación de pruebas.

El caso se refiere a los hechos ocurridos el 27 de enero de 2020, conocido como el "Lunes Negro", cuando un grupo de policías municipales bajo el mando de García Palazuelos torturó y golpeó a 42 campesinos de la zona indígena Mam de Tapachula, así como a la periodista Cinthya Alvarado Enríquez.

Las víctimas denunciaron que los actos fueron perpetrados bajo órdenes del expresidente municipal Óscar Gurría y la exsíndico Rosa Irene Urbina Castañeda, hoy diputada federal, quien sustituyó a Gurría luego de que un paro cardiaco por habérsele llevado a juicio político. El caso había quedado “dormido” bajo amparos con la anuencia del exgobernador Rutilio Escandón, quien jamás recibió a las víctimas.

A pesar de los amparos y la falta de respuestas de las autoridades estatales, el proceso judicial continuó tras una revisión de la Suprema Corte que devolvió el caso al Tribunal Colegiado, el cual confirmó la sentencia que no concede el amparo solicitado.

El Tribunal desechó el argumento de la defensa de García Palazuelos, quien alegaba que la vinculación a proceso afectaba el principio de presunción de inocencia. El criterio judicial destacó que este principio no se transgrede, ya que el auto de vinculación a proceso se basa en 200 elementos probatorios presentados por la Fiscalía, incluidos periciales, testimoniales, documentales, videográficas y protocolos de Estambul.

Resolución judicial.