«Empresas podrán registrar como activos reservas del crudo»: Villamil

Guadalupe Lizárraga

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Por Livia Díaz

CIUDAD DE MÉXICO.- «En los contratos de producción compartida, las empresas (privadas) pueden registrar como activos, para efectos contables, las reservas de crudo», enfatizó el periodista Jenaro Villamil al exponer el Predictamen de la reforma energética en el ejercicio de lectura «Para Leer en Libertad» organizada por la asociación civil del mismo, en el Distrito Federal.

Afirmó Villamil que «es gravísimo», este texto, y que «eso en los medios masivos no lo van a decir.» A la pregunta de los legisladores de dónde está la pérdida de la soberanía, Villamil, responde contundente: «en este párafo es claro».

El contenido del predictamen, según explicó el 8 de diciembre anticipó, «léanlo de la página 212 a la 215, dice algo con lo que «ellos van a poder financiar con recursos naturales no renovables de una nación, entonces van a poder ponerlo en la bolsa y bursatilizar.»

Recordó que una cuestión similar intentó en sus últimos días el presidente Francisco I. Madero y que ello le costó la vida y que también al General Venustiano Carranza.

Falso que la consulta del 2015 permita anular

Al escritor yucateco le preguntaron si había posibilidades de anular este decreto, una vez aprobado y él respondió que no. Que precisamente esta misma semana se aprobó la reforma política por los mismos legisladores que incluye el decreto de consulta ciudadana y que «anula la posibilidad de llamar a consultas públicas las reformas constitucionales.»

La única posibilidad es cambiar a la legislatura, que las fuerzas en las cámaras sean otras en ese año y estar pendientes de quiénes están votando esto. Porque en esta ocasión están votando a favor de la reforma energética PRI, PAN y PVEM.

villamil

El periodista jenaro Villamil. Detalle de video de «Para leer en libertad».

Define OLADE el Upstream 

En el documento relativo al usptream petrolero «Contratos de exploración y explotación de hidrocarburos en América del sur 2009» http://temp2.olade.org/documentos2/CONTRATO.pdf la Organización Latinoamericana de Energía OLADE, publicado en febrero del 2010, define negociaciones y acuerdos entre el estado y los operativos públicos y privados en torno a un recurso natural no renovable que es propiedad de la nación y añade que generalmente se orienta a aprobar un «modelo» de contrato», en Argentina, Brasil,Chile, Colombia, Perú y Venezuela.

Al parecer no todo es miel sobre hojuelas en este proceso, según el reporte elaborado por Mauricio Medinaceli Monrroy, Coordinador de Hidrocarburos de la OLADE, el beneficio del Estado va en demedro del mismo, al no garantizar el abasto interno.

En el área de conclusiones también cita que los países podían dividirse en dos, los que poseen en abundancia y los que no pueden abastecer a su propio mercado.

Cuando la propiedad del recurso queda en el estado, adicionalmente se observa que la inversión necesaria para esas actividades va por cuenta y riesgo de ese operador.

Los contratos de concesión o «regalías e impuestos» se privilegian el ponerle precio, lo que generalmente está en comparación del precio internacional del producto, o sea que el propio país va a producir barato y a comprar caro. Dice que sólo países que hacen compra a largo plazo lograron equilibrarlo.

La llamada renta petrolera pactada con regalías sobre la tasa bruta facilitó a estados una buena recaudación, érp si el negocio no produce impide el desarrollo del campo.

Lo que encontró en este análisis Medinaceli Monrroy, es que los contratos ya usuales en esa época en los países citados, tienen por constante el cambio y la incertidumbre, y que las exitosas tienen por constante la buena negociación, creando en el mundo una buena reputación.

 

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