“Soy papá, no criminal”: La indefensión legal

Alberto Farfán

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Padres denuncian trato de "criminal" en leyes que limitan su defensa y la convivencia con sus hijos.

Por Alberto Farfán

El pasado 25 de abril, fecha en que se conmemora el Día Internacional de la Lucha contra el Maltrato Infantil, se realizó por primera vez en nuestro país una singular protesta para reclamar a las autoridades correspondientes la indefensión en que dejan a los hombres ciertas leyes que sobreprotegen a ultranza a las mujeres. Y bajo la consigna “soy papá, no criminal” recorrieron la zona centro de esta capital.

Y llama la atención que fue el Colectivo Nacional de Mujeres por la Igualdad el que encabezó la movilización. Es decir, son mujeres que no han permitido ser objeto de la alienación del Estado a que la mayoría están sujetas. Al contrario, ellas pugnan por lo que establece el artículo 4.° de la Constitución, que estipula la igualdad del hombre y la mujer ante la Ley.

Y como la llamada Ley contra la violencia vicaria sólo se refiere a la defensa de las niñas, niños, adolescentes y mujeres, su reclamo es legítimo a todas luces. Y más si examinamos que el significado de esta legislación implica la acción u omisión del hombre contra la mujer utilizando a los hijos o familiares para ocasionarle daños de toda índole. En suma, es cuando el hombre utiliza la violencia con los hijos para agredir a la mujer.

El colectivo de mujeres dejó en claro sus demandas, pues evidentemente se observan vacíos legales, ambigüedades y demás, que propician que los padres no tengan defensa legal alguna ante ello. Debido a lo cual, exige la creación, en todo caso, de un delito similar a la violencia vicaria que proteja a los niños —pues prácticamente pierden todo contacto con el papá—, y que contemple a ambos géneros como el agresor. También propone que se establezcan estadísticas oficiales de violencia intrafamiliar, en donde el varón sea víctima. A su vez, que se organicen mesas de trabajo con las autoridades con relación a los procesos de custodia.

Y me parece digno de mencionar que esta situación de ilegítima desigualdad ante la Ley ya la había hecho suya la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). En 2024 expuso en una acción de inconstitucionalidad a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que la redacción de la violencia vicaria mantenía a los hombres, que también sufrieran de dicha violencia por parte de las mujeres, fuera del marco legal, lo que constituiría una violación a sus derechos humanos. Además de que a los hijos se les consideraba como simples “herramientas de presión” y no como las verdaderas víctimas de las desavenencias de ambos progenitores.

No obstante, en 2025 la SCJN en boca de la ministra Lenia Batres rechazó los argumentos de la CNDH, pues, según ella, los derechos de los menores ya estaban salvaguardados en la Constitución y en otras leyes secundarias. Y con relación a la discriminación de los hombres, indicó que las reformas se realizaron con el objetivo de proteger a las mujeres de esta forma de agresión, y que hacer los cambios propuestos por la CNDH las dejaría en vulnerabilidad ante posibles argucias legales de los hombres.

Finalmente, es de preguntarse con toda honestidad, ante las diversas leyes en favor de la mujer —por no hablar de la creación del Consejo Nacional para prevenir la Discriminación o del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, que no son más que entes generalmente censuradores—, y evaluando sobre todo la recién creada Secretaría de las Mujeres, ¿ha habido cambios con relación a la mujer? Es decir, ¿ya disminuyó el número de mujeres desaparecidas o asesinadas? Desgraciadamente, la respuesta es no.