Alberto Farfán Jueves, 02 de Abril del 2026, 13:52
Todo ello ha cobrado nueva relevancia con la Ley Valeria, que ha puesto en el centro la discusión sobre los límites entre protección y seguridad jurídica.
Por Alberto Farfán
En las últimas semanas se ha generado un fuerte debate en la opinión pública, particularmente en redes sociales, acerca de los alcances e interpretaciones de la denominada “Ley Valeria”, en virtud de que pareciera que los hombres quedan a la deriva frente a la igualdad ante la ley, máximo precepto en nuestra Constitución.
Todo inicia cuando la maestra universitaria de Nuevo León, Valeria Macías, empieza a ser literalmente perseguida por todos los medios existentes por un ex alumno de nombre David “N”, quien por cerca de una década no dejó de seguirla en todo momento y a todas partes.
La profesora acudió a las autoridades, pero como esta práctica del sujeto no estaba tipificada como delito no logró apoyo bajo ningún aspecto. Por lo que ella empezó a dar a conocer su caso a través de sus redes sociales, obteniendo solidaridad y ayuda por usuarios y colectivos feministas. Debido a lo cual la maestra se convirtió en activista de su propia circunstancia.
Por fortuna para Valeria, su intención de que este caso se tomara en cuenta para la creación de una ley a nivel federal dio resultados. Aunque previamente logró que el “acecho” o stalking, fuera incorporado como un ilícito en Coahuila, Guanajuato, Tamaulipas, Estado de México, Nuevo León, Querétaro, Colima, Oaxaca, Guerrero y Michoacán.
En consecuencia, los legisladores determinaron incluir en el Código Penal Federal el artículo 281 bis relativo al Acecho, que advierte: “Se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de cien a cuatrocientos días multa (50 mil pesos, aproximadamente) a quien, sin consentimiento y de manera reiterada, realice conductas de vigilancia, persecución, seguimiento, acercamiento, comunicación, contacto, hostigamiento o intromisión en la vida privada de una persona, por cualquier medio, que produzcan: Afectación a su tranquilidad, deterioro de su salud psíquica, alteración de su vida cotidiana”.
Pero como el verbo acechar tiene variantes semánticas, porque significa para la Real Academia Española: Observar, escudriñar, escrutar, atisbar, espiar, vigilar, avizorar, velar, observar, contemplar, husmear, aguaitar, los legisladores se impusieron enmarcar la Ley Valeria así: Se considerarán conductas de acecho, entre otras: “Vigilar o seguir a la víctima en espacios públicos o privados; presentarse en lugares donde la víctima se encuentra o suele encontrarse; enviar mensajes, llamadas, correos o comunicaciones no solicitadas; utilizar terceros, dispositivos o tecnologías para monitorear o acercarse a la víctima; realizar actos que generen temor, intimidación o perturbación emocional”.
No obstante, también se añadieron ciertos agravantes. “La pena prevista se aumentará hasta en una mitad cuando: La víctima sea menor de edad, persona adulta mayor, persona con discapacidad o se encuentre en situación de vulnerabilidad. Exista entre el activo y la víctima relación laboral, docente, doméstica, médica, de tutela, de autoridad o de subordinación. El activo sea servidor público y utilice su cargo o funciones para cometer el delito, imponiéndose además destitución e inhabilitación de uno a cinco años”.
Por cierto, el delito de acecho se dará cauce cuando la persona agredida presente su denuncia. Y aquí empiezan los problemas. Efectivamente, en el texto no se habla de hombres ni de mujeres, sólo de “persona” (4 veces). Pero ¿cuántas veces significa “de manera reiterada”: 1, 10, 100,1000? Ahora bien, ¿qué tipo de evidencias se deben mostrar a la autoridad, acaso físicas, documentales, digitales, psicológicas o cuáles? ¿Ninguna?
Porque si son únicamente testimoniales me parece que todos perdemos. Pero más los varones, ya que son los hombres quienes aún son los sujetos que buscan a la mujer para establecer algún vínculo, pues —aunque las mujeres avanzan en este sentido—, no han llegado al mismo nivel. En fin, que esta Ley va a ser interpretada de diversas formas en detrimento del varón, con el agravante precisamente que detrás de ella están las mujeres, quien la ideó, quien la propuso y la presidenta “con A”. En efecto, el hembrismo hegemónico continúa prevaleciendo en este régimen.