

Rodolfo Soriano-Núñez Lunes, 08 de Septiembre del 2025
Estupiñán y Juan Pablo Barrientos Hoyos han reconstruido trayectorias de sacerdotes acusados de abuso sexual en Colombia y otros países.
La rendición de cuentas es un factor clave en la solicitud de Estupiñán y Barrientos para acceder a información sobre las trayectorias de los sacerdotes en Colombia.
Por Rodolfo Soriano-Núñez
El 14 de mayo, medios de comunicación del mundo hispanohablante publicaron noticias sobre un próximo fallo de Colombia que aborda un tema central de la crisis de abuso sexual de clérigos ahí y, potencialmente, en toda América Latina.
En la tradición de la Corte Constitucional colombiana, ese día se publicó un resumen preliminar del fallo, y se espera que, en los próximos días, se publique el fallo completo.
Como han demostrado varias entregas de esta serie, un obstáculo clave para comprender qué sucede en América Latina cuando surge la noticia de un caso de abuso sexual por clérigos es trazar la trayectoria del agresor.
Muy pocas diócesis en Argentina, Brasil, Chile y México tienen información pública disponible. La mayoría de las diócesis en Latinoamérica usan perfiles de Facebook para anunciar nombramientos y renuncias. Aunque útiles para fortalecer lazos comunitarios, las búsquedas sistemáticas son casi imposibles ahí.
Como resultado, hay poca o nula rendición de cuentas sobre los nombramientos como tales y es casi imposible rastrear en qué momento un sacerdote ha tenido una asignación en alguna diócesis y la incertidumbre es aún mayor cuando se trata de muchas “órdenes” de la Iglesia Católica.
Incluso órdenes tan establecidas como la Compañía de Jesús, los jesuitas, tienen comportamientos muy distintos en los países en los que operan. En Estados Unidos y Canadá, cada provincia tiene bases de datos donde pueden realizarse búsquedas de sus miembros.
En sentido opuesto, incluso en los países más desarrollados del mundo de habla española, España, México, Chile y Argentina, cada provincia sigue diferentes reglas y las búsquedas son inciertas.
Lo mismo puede decirse de otras órdenes bien establecidas como los salesianos o los franciscanos. La situación es peor en órdenes menos conocidas, más pequeñas, como los oblatos de María Inmaculada o la Legión de Cristo.
Con la Legión de Cristo y su rama “laica”, el así llamado Regnum Christi o Reino de Cristo, el Opus Dei y otras “órdenes” relativamente nuevas, es más difícil pues sus fundadores destruyeron las distinciones tradicionales entre religiosos y laicos, para ejercer controles similares a los de grupos sectarios, por lo que definir quién es miembro de esas organizaciones es por sí misma una tarea para Hércules.
Esto es aún más relevante ya que dada la naturaleza global de las instituciones religiosas, es relativamente fácil, incluso para denominaciones de menor tamaño como la Iglesia Luz del Mundo, trasladar ministros a países donde tienen fieles.
Incluso gobiernos que no facilitan la migración de personas comunes tienen categorías especiales o salvedades cuando un ministro religioso solicita una visa para trasladarse de un país a otro.
Por eso, la entrega de esta semana de esta serie es una entrevista con uno de los principales actores del proceso legal que está detrás de la próxima sentencia, el periodista independiente colombiano Miguel Ángel Estupiñán.
El camino que han recorrido Estupiñán y quien le acompaña en la promoción del recurso que culminará en esta sentencia, Juan Pablo Barrientos Hoyos, ha sido largo y lleno de contratiempos. Comenzó en 2020, cuando Barrientos Hoyos intentaba comprender las trayectorias de los sacerdotes en la arquidiócesis de Medellín, la segunda ciudad y distrito religioso más poblado de Colombia, y una diócesis clave para comprender el catolicismo colombiano y latinoamericano.
Durante varios años fue la sede del Consejo Latinoamericano de Obispos (CELAM), ahora con sede en Bogotá. Más importante aún, Alfonso López Trujillo fue arzobispo allí de 1978 a 1991, cuando ganó un viaje a Roma para unirse a la curia de Juan Pablo II.
El papa polaco lo nombró presidente del ahora suprimido Pontificio Consejo para la Familia, cargo que ocuparía hasta su fallecimiento, a los 72 años, en 2008, tras ser confirmado por Benedicto XVI en 2005.
El legado de López Trujillo
La influencia de López Trujillo en Roma fue evidente desde su época como presidente del CELAM (1979-1983). Luego asumió como arzobispo de Medellín y después fue presidente de la conferencia de obispos de su país (1987-1990).
Sus 18 años en el poderoso Consejo para la Familia le permitieron desempeñar un papel clave en la configuración de los diversos teatros de la guerra cultural que el catolicismo hispano y angloparlante libra desde finales de la década de 1980.
Su influencia sólo creció tras promover a su paisano Darío Castrillón Hoyos como su sucesor en el CELAM. Luego lo promovió también para que fuera cardenal y ser una pieza clave del legado de Juan Pablo II en diversos temas.
Tras su periodo como presidente del CELAM, el papa polaco nombró a Castrillón Hoyos para la entonces muy poderosa Congregación, ahora Dicasterio para el Clero, con voz y voto en casi cualquier asunto a escala mundial, incluyendo los más directamente relacionados con la crisis de abusos sexuales del clero.
Como ejemplo, fue en su calidad de presidente de dicha Congregación que emitió una carta de recomendación para el obispo francés Pierre Pican (contenido en la Wikipedia en francés). Pican no convertía a los paganos ni sufría en el Coliseo romano.
Castrillón Hoyos elogió a Pican por desafiar a las autoridades francesas y encubrir a René Bissey (contenido en francés), acusado en 1996 y condenado en 2000 por las autoridades francesas. Las autoridades lo condenaron a cárcel, tras haber abusado de al menos once menores entre 1989 y 1996, como relata este texto de 2000 (contenido en inglés).
En 2001, Castrillón envió una carta en francés, en papel oficial de la entonces Congregación para el Clero de la Santa Sede, que él presidía. La carta felicitaba al obispo Pican por encubrir al sacerdote Bissey, al tiempo que rechazaba cualquier cooperación para divulgar información sobre un caso que conmocionó profundamente a la opinión pública francesa y europea.
Aunque el que un sacerdote atacara a varones menores ya era común, este caso dejaba ver el papel de los Boy Scouts franceses. El caso era del todo similar al abuso en los Boy Scouts de Estados Unidos (contenido en inglés) y otros países donde existe esa organización. El caso fue importante también porque los Boy Scouts son una organización clave para comprender por qué catolicismo sigue activo y relevante en Francia.
Castrillón, con la bendición de Juan Pablo II, felicitó al obispo Pican. Al hacerlo dejó claro hasta dónde está dispuesta a llegar la Iglesia Católica cuando sus obispos deben decidir entre las víctimas de abuso sexual y sus sacerdotes.
En marzo de 2024, esta serie detalló hasta qué punto Castrillón estaba dispuesto a llegar al proteger a los depredadores en la sección titulada “La Doctrina Castrillón” del texto enlazado después de este párrafo.
Una vez publicada la sentencia completa, se convertirá en una referencia clave para la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde las sobrevivientes de abuso sexual del clero ya buscan una justicia que sus países no pueden brindarles.
Lo que sigue es una versión ligeramente editada de una conversación que tuvimos en Google Meet el lunes 1 de septiembre de 2025.
Rodolfo Soriano-Núñez (RSN): Miguel Ángel, quisiera que tú me platiques, por favor, de tu experiencia. ¿Qué los llevó a Juan Pablo y a ti, a recurrir a un tribunal superior colombiano?
Miguel Ángel Estupiñán (MAE): La Corte Constitucional. La Corte Constitucional revisa el sentido de las sentencias de primera y segunda instancia y qué tanto se atienen a la doctrina en la que se ha avanzado a la luz de la Constitución de 1991.
Entonces, hay dos antecedentes del trabajo de Juan Pablo Barrientos Hoyos, que es el periodista que abre el camino y que empieza a hacer uso de este método de investigación.
Es importante tener en cuenta esas dos sentencias anteriores, la T-091 de 2020 y la sentencia de unificación SU-191 de 2022, que corresponden a una investigación que Juan Pablo Barrientos Hoyos inició hacia 2018.
Su objetivo particular era Ricardo Antonio Tobón Restrepo, arzobispo de Medellín, quien se negó históricamente a entregar información que Barrientos Hoyos solicitaba mediante el Derecho de Petición, contemplado por la Constitución colombiana como un recurso del ciudadano frente a las instituciones del Estado, pero también a instituciones para la sociedad como la Iglesia Católica, allí donde se necesita información, acceder a información de interés público.
RSN: Déjame hacer aquí un paréntesis porque es muy importante, porque en Colombia, a diferencia de México, la personalidad jurídica de la Iglesia Católica nunca ha estado en duda y siempre ha tenido una posición que ahora llamaríamos de “entidad de interés público”, con funciones que el Estado le confería.
MAE: Exactamente. Eso hacía más pertinente la solicitud de información de Juan Pablo.
Entonces, el artículo 23 de la Constitución de Colombia describe el Derecho de Petición: una carta formal que se eleva ante las autoridades, ante las instituciones, para pedir información de interés público y que históricamente ha sido un recurso para los periodistas de investigación.
Es ahí que aparece la intransigencia de Tobón, el arzobispo de Medellín frente a esta posibilidad contemplada en la legislación colombiana del Derecho de Petición, que ha sido un recurso para los periodistas de investigación.
Interés público
RSN: Miguel Ángel Estupiñán y Juan Pablo Barrientos Hoyos han usado el Derecho de Petición, un componente clave del derecho constitucional colombiano similar a lo que eran las solicitudes de transparencia en México hasta hace un año, pero con un alcance mayor por la manera en que ha definido el concepto de “interés público” en Colombia.
MAE: Así, esta constante indisposición de Tobón, arzobispo de Medellín, era un ejemplo de la indisposición a aportar información que tenía que ver con sacerdotes a su cargo, algo que cae en esa noción de interés público.
Estos eran sacerdotes que habían sido primero denunciados. Posteriormente, se amplía a un mayor número de sacerdotes para conocer si habían sido denunciados o no. Eso lleva a que Juan Pablo Barrientos recurra a los jueces.
Aquí hay que remitirse también a lo que fue el trabajo de The Boston Globe a inicios de siglo, por los periodistas del equipo Spotlight de ese diario. En algún momento, ellos buscaron ayuda de un juez para ordenar a la arquidiócesis de Boston, Bernard Law, su arzobispo, para que entregue información que se algún modo estaba reservada o clasificada o que la arquidiócesis se negaba a publicar porque quizás también tenía relación con procesos judiciales, en fin. Entonces, ahí aparece ese antecedente del trabajo de Barrientos Hoyos conecta, el recurso de The Boston Globe.
Como periodista independiente de investigación y que lo empecé a practicar centrándome en historias que tienen que ver con la Iglesia Católica, incluso destacando la actividad de sectores de la Iglesia Católica colombiana en favor de la defensa de los derechos humanos.
Ahí me encuentro con una misionera en la región de la Amazonía, en el vicariato apostólico de Leticia, una misionera que denunciaba que esto ocurre también en esta región, en un internado en una región mayormente rural e indígena, y señala el encubrimiento del obispo.
Entonces, mi voluntad fue recurrir a esa estrategia, a esa método de Juan Pablo Barrientos, a quien yo no conocía, pero yo ya empezaba a leer, y ahí empecé, digamos, a notar una cosa muy interesante.
Cuando un periodista busca la un obispo, cuando le escribe mediante un e-mail, algo informal, o detrás de información, la Iglesia Católica suele ignorar. Pero lo que noté, después de que el obispo de Leticia, en una investigación que yo hice sobre este tema en 2020, después de que me tirara el teléfono (terminara una conversación), y después de que yo entonces recurriera a un Derecho de Petición, que es una carta donde se apela a este artículo 23 de la Constitución.
El obispo ante el juez
Fue en ese momento en que la Iglesia Católica, en este caso este obispo, siente una suerte de pánico, por la posibilidad de que el periodista ponga al obispo frente a un juez. Cuando ya no era un cuestionario espontáneo, o una llamada que el obispo de Leticia podía terminar de manera abrupta y grosera, sino esta estrategia legal. Fue ahí que empiezan a surgir pruebas contra la actuación de este obispo.
Entonces, yo hago una solicitud formal de Derecho de Petición en esos términos al obispo; el obispo ya me empezó a dar una información sin yo tener que recurrir a un juez, pero eso ya habla de la actitud que tienen, del temor que yo interpreté que este obispo tenía, y me empieza a dar información que yo contrasto con las versiones de los denunciantes contra este sacerdote de un internado indígena en la selva y de esta misionera.
Era una denunciante, mujer, religiosa, misionera católica, y que me daba los argumentos de cómo la estrategia del obispo había sido proteger a este subalterno suyo, encubrir unos documentos que los denunciantes decían haber entregado, de los que la misma religiosa también guardaba copias. Ella tenía un gran archivo de la documentación que ella había entregado al obispo, así como a autoridades del orden nacional en Colombia.
Una de mis primeras satisfacciones como periodista de investigación es que esta noticia llega a ser relevante por el actuar de este obispo cuestionado, prelado de Leticia, José de Jesús Quintero Díaz. Pero también veía lo dejaban de hacer las autoridades para retirar de la rectoría de un internado a un sacerdote, por las condiciones de ese internado, era funcionario público.
En Colombia esos internados funcionan en un mecanismo de cooperación Estado-Iglesia. El Estado colombiano tenía, digamos, una supervisión y un poder sobre ese internado, entonces las autoridades del ámbito a nivel nacional se ven obligadas a ser mucho más expeditas en una investigación disciplinaria que había por parte de la Procuraduría, de nuevo una entidad estatal nacional, frente a este funcionario público y sacerdote, y entonces lo retiran de la dirección del internado, mientras avanza un proceso que había ante el Vaticano.
Y el titular era un sacerdote denunciado ante el Vaticano, cuyo caso es conocido por sus superiores. A pesar de estar denunciado por este tipo de asuntos, sigue en la rectoría de un internado. Y eso hace que las autoridades lo retiren. Es una historia que se va a repetir mucho.
Y yo de alguna manera para afinar la redacción del titular señalaba, era la gravedad de que alguien denunciado está al frente de una institución.
Bueno, esa satisfacción de ver que detrás de esa noticia, lo que yo me daba cuenta es la efectividad del método, ¿no? de apelar al Derecho de Petición, detrás de información por parte de la Iglesia Católica, pero también de otras entidades como la Procuraduría o como la Defensoría del Pueblo. Otra entidad es lo que aquí llamamos el Bienestar Familiar, que es como el organismo de protección o de tutela de los niños y de las familias [similar al DIF en México].
Abrir camino
Funcionaba. Eso es lo que me hace ver que ese camino que Juan Pablo está abriendo. Dejaba ver la manera en que podía ser usado por otros periodistas independientes como yo. Entonces yo, que siempre he tenido mucha curiosidad y mucho interés en cubrir desde el periodismo el trabajo de la Iglesia Católica, pero también su defensa en derechos humanos y luego fenómenos de corrupción.
Entonces yo dije, este método a mí me sirve. Al ritmo de eso, de trabajar yo ese tipo de historias, y del trabajo de Juan Pablo Barrientos, que iba avanzando en publicación de grandes y largas historias sobre el caso de Medellín, esta enorme ciudad católica, una de las más importantes del catolicismo colombiano.
Posteriormente, Juan Pablo documentó una historia muy importante en Villavicencio, cuando Óscar Urbina Ortega era el arzobispo: una red de inducción a la prostitución de más de 30 sacerdotes contra una persona adolescente y posteriormente en la adultez de esta persona.
Entonces cada uno desarrollaba investigaciones por su parte, Juan Pablo en Antioquia, luego en los Llanos, yo me fui para el sur del país, la Amazonía, y en algún momento Juan Pablo me busca a mí, me llama, y me propone que hagamos una investigación, entonces a escala nacional.
El objetivo era fijarnos en el fenómeno del encubrimiento. Ya no sería de nuevo casos sueltos de sacerdotes, por lo regular protegidos por sus obispos, sino ir directamente a la trayectoria de vida de los obispos.
Cuáles serían, pensábamos nosotros, los principales obispos encubridores, creyendo que eran en el caso de la Iglesia Católica, algunos en particular, pero lo que arrojó el método de investigación, es que era un problema histórico en Colombia. Así fue como nos reunimos en 2022, y empezamos a trabajar.
Lamento tunjano
RSN: Ahora, podrías explicar en qué etapa del proceso están. Porque la gente de la curia de Tunja, por ejemplo, cada vez que pueden quejarse lo hacen contra ustedes, y dicen, cualquier cantidad de tonterías.
Y ustedes no exigen algo imposible. Es algo que, por ejemplo, para cualquier obispo, está perfectamente disponible en sitios de internet como Catholic Hierarchy o GCatholic, donde uno puede acceder a esa información de un obispo y es información pública. El problema es que ellos no la quieren hacer disponible a escala diocesana.
MAE: Ellos todavía no cumplen, todavía no entregan esa información.
Aquí hay que explicar algo, y es que, una práctica de la Corte Constitucional que es, primero dar cuenta, mediante un comunicado, del sentido de una sentencia.
[Después de este párrafo está el comunicado en el que la Corte Constitucional anunciaba el sentido de la sentencia que publicará, en su totalidad, en los próximos días, en formato PDF.]
Esto puede pasar, meses antes de que se conozca la totalidad de la sentencia. Por ello, todavía no conocemos la sentencia. Ya adelantaron el sentido de la resolución. Ya sabemos que es un fallo a nuestro favor, que le va a ordenar a la Iglesia Católica que conteste la totalidad de lo que estamos solicitando.
Conocemos el código, el nombre, como ha sido “bautizada” esta sentencia de unificación, la SU 184 2025, pero es posible que de aquí a dos semanas, o menos, finalmente salga la sentencia.
Hasta donde sabemos, ya en cuestión de pocos días saldrá. Primero se socializó el sentido del fallo y la orden. Pero, mientras tanto, el magistrado ponente seguida redactando el documento final.
Porque hubo un gran debate dentro de la corte constitucional. Hubo dos salvamentos de voto y entonces, de alguna manera, dijeron, pues mientras tanto avancemos un poco. Sin embargo, aún no nos han dado la sentencia.
RSN: ¿Qué camino recorrieron a partir de 2022?
MAE: De 2022 para acá y, particularmente desde 2023, que es cuando hacemos, un envío masivo de derechos de petición a todos los obispos colombianos, y a los superiores mayores de congregaciones religiosas.
Para entender el papel de la corte constitucional, de 137, de 137, solicitudes de Derechos de Petición, sólo unas 17 instituciones, entre obispos o diócesis y superiores mayores u órdenes o congregaciones contestan, dándonos la totalidad de lo que estábamos pidiendo.
Eso era información sobre todos los sacerdotes, ¿no? No estamos preguntando, en principio, por sólo los que han sido denunciados, sino hagan una lista, cada obispo o congregación religiosa, de los sacerdotes que han sido ordenados, en tal periodo de tiempo, por ejemplo, desde que la congregación está en Colombia.
¿Cuántos sacerdotes han sido ordenados en Colombia? ¿cuáles han sido los sacerdotes extranjeros que han trabajado históricamente en Colombia desde que esa congregación religiosa está en el país?
Evitar la tangente
Para el caso de los obispos, desde la existencia, de X o Y diócesis, haga una lista de todos los sacerdotes que han sido ordenados para esa diócesis y también de los sacerdotes de otras instituciones, diócesis, en fin, que han trabajado, en esa región, habiéndose incardinado o no. Eso era lo que estábamos preguntando. Se trataba de tener una certeza de los nombres y, frente al nombre de cada uno, diga usted, como institución, si ese sacerdote, ha sido denunciado o no.
Nuestro cuestionario estaba también la pregunta que iba detrás de cuál fue la actuación de la diócesis. ¿Remitió esa denuncia a las autoridades nacionales de investigación penal del Estado colombiano, esto es la Fiscalía General de la nación, que es el organismo competente de esclarecer ese tipo de denuncias.
También si suspendió o no a ese sacerdote. Remitió la denuncia al Vaticano, a la Congregación para la Doctrina de la Fe, en su momento.
Había una serie de preguntas y una malla de inquietudes que, con el tiempo, también hemos afinado para evitar que se fueran por la tangente, que fue lo que hizo la mayoría de los que nos contestaron de manera incompleta.
Entonces, 120 instituciones, entre obispos y congregaciones religiosas de clérigos y sacerdotes, se limitaron, sencillamente, a dar una lista de 8, 3, 12, por mucho.
Manizales entregó una lista de 21 sacerdotes y, frente al caso de cada uno, nos contestaban aquello, que solicitábamos, pero no daban la información sobre los demás sacerdotes que queríamos saber.
¿Quiénes eran? Porque eso nos permitía incluso cruzar información de un sacerdote que pudo haber sido ordenado en X diócesis, pero luego encontrábamos en Estados Unidos, con información de Bishop Accountability, o encontrábamos en otras diócesis colombianas o...
RSN: O en México, por ejemplo, ¿no?, que acá en México ahora un escándalo es que un sacerdote colombiano, Carlos Cancelado Velasco, el obispo mismo lo desconoce, dice: “hace dos años que no sabemos dónde está”, pero hay un grupo, de fieles que lo defiende contra viento y marea, y hay otro grupo, de gente que dice que es abusador, y que por eso desapareció de la nada en Tepic, ¿no? Además, como somos 18 países que hablamos español y es relativamente fácil acostumbrarse, para un mexicano al español de Colombia, o viceversa, pues es muy fácil para ellos moverse de un lado a otro, ¿no? Entonces eso les amplía todavía más la posibilidad para esto que, en Los Ángeles Press llamamos la “solución geográfica”.
La Legión en Colombia
MAE: Y lo mismo. Tú has estudiado perfectamente, la posibilidad, es que es lo grave, que exista una posibilidad, de que ocurra algo, y después, tener las pruebas, de que ocurrió.
Hay casos, por ejemplo, de legionarios de Cristo, ya denunciados y cuyos casos eran de conocimiento público en México, hace ya muchos años, pero luego, en sus trayectorias de vida posterior a esas denuncias que fueron reportadas, en los informes oficiales que hicieron en su momento, pues estas instituciones religiosas, los vemos en Medellín o Bogotá, de paso, todavía, activos en el ministerio,
Entonces, ¿qué pasó? como las instituciones, los obispos y congregaciones, en su mayoría, digamos, 120, no nos contestaron, todo lo que estábamos pidiendo, no sólo sobre sacerdotes denunciados, sino sobre otros, que nos hubiera permitido muy rápidamente establecer que aunque no haya sido, denunciado en su diócesis de origen, pero sí, en otras.
O miembros de congregaciones religiosas que no son incardinados propiamente en X o Y arquidiócesis, como en Bogotá, pero la arquidiócesis, sí, recibió. Es el caso de los franciscanos, denuncias contra franciscanos, que eran párrocos, en parroquias de la arquidiócesis. Pero el arzobispado se negaba a dar información de congregaciones. Remitían a las congregaciones, entonces, de nuevo, recurrimos, a los jueces.
Para empezar, de nuevo, esa suerte, como de método que Juan Pablo ya había ido desarrollando y era, no nos contestan el Derecho de Petición. Esto tiene que interpretarse como una violación a un derecho, que el periodista tiene de acceder a una información y, por tanto, es un juez el que tiene que tutelar, proteger, defender el derecho, que una institución religiosa está violando,
Entonces vamos a esos 120 jueces, la mayoría, 75, nos dan la razón; 45, todavía siguen, de alguna manera, con un margen de protección, al no obligar a la Iglesia Católica a entregar la información completa, con argumentos que ameritarán estudio en un país como Colombia.
Aquí ha habido, un concordato pero se ha modificado, al punto que, desde 1993, no puede hablarse en términos de un pretendido “fuero judicial particular” para los sacerdotes o los obispos que, en casos de investigación penal, históricamente, se mantenían en secreto o los curas, iban a casas religiosas por cárcel, y esa información no era de dominio público.
Religión y fueros
En 1993, dos años, después de la constitución del 91, que modificó de alguna manera el concordato, no podría hablarse de un fuero particular para el clero. A pesar de ello, todavía en 2023 nos encontramos con un juez de Soacha, un municipio vecino a Bogotá, que dice que, como periodistas, no tenemos derecho a acceder a esa información, porque existe un supuesto fuero.
Entonces, es muy grave que todavía haya jueces con un lenguaje que atenta contra la constitución, que se ha modificado. Eso amerita muchos estudios y análisis, pero vamos a jueces de primera y segunda instancia y, finalmente, sigue habiendo una gran proporción de procesos, 45, como mínimo, donde los jueces no nos dan la razón.
Entonces todavía hay un recurso. Cuando “perdemos” esos casos en que el juez lejos de afirmar nuestro derecho nos rechaza, decidimos tomar esos 45 casos y elevar otro recurso judicial colombiano, que es una solicitud ciudadana de revisión ante la Corte Constitucional, que anualmente revisa miles de sentencias que, según alguna de las partes, todavía requieren una revisión, porque, supuestamente, no se atienen a la constitución.
Los jueces todavía fallan sin aplicar la doctrina que ha avanzado desde 1991 a la luz de la nueva constitución. Y entonces la Corte Constitucional selecciona, entre miles y miles de sentencias que anualmente se revisan. Pero al ver que es un caso de interés, y que ya está el antecedente de 2020, la toman.
Esta sentencia primero la consiguió Juan Pablo en 2020. Luego, en 2022, sólo para el caso de Medellín. Entonces, la resolución próxima será a escala nacional, ya no solo un obispo, X, suelto, sino que tiene que unificarse la doctrina, la mentalidad de los jueces, o se revisa eso y también se genera una gran consulta.
Ello causó que hubiera demandas, por parte de muchos sacerdotes, que dijeron “eh, los obispos no pueden dar información privada de nosotros, sin nuestra autorización. Tiene que revisarse, que se, se respete también nuestra privacidad”.
Entonces, se hizo una enorme consulta a universidades católicas, a universidades públicas, a facultades de derecho, y ese proceso duró más de dos años, y conocimos entonces este año el sentido de la resolución que a la luz de lo que se ha resuelto desde 2020, con la sentencia T091 y luego con la sentencia SU191 de 2022, a diferencia de lo que dice la Iglesia Católica colombiana, los periodistas no sólo tienen derecho a recibir información sobre casos de sacerdotes denunciados, que sean de conocimiento de la Iglesia Católica.
Dice que la Iglesia Católica tiene que contestar todo lo que hemos solicitado y, entonces, la clave es que no pueden ellos esperar que creamos en una arquidiócesis, por ejemplo, como la de Bogotá, que dice tener sólo seis casos, o sólo hay nueve casos conocidos de sacerdotes que han sido denunciados, si en la arquidiócesis de Manizales, el mismo arzobispo dice que hay más de 20 casos.
Subregistro
Y lo dice a pesar de que seguramente habrá ahí también un subregistro, entonces, por eso, la importancia y yo destaco mucho la insistencia de Juan Pablo, siempre de decir nos tienen que responder, frente a todos los sacerdotes y nos tienen que contestar, absolutamente, todo lo que estamos solicitando.
Esa insistencia, esa minucia, ha sido para mí un aprendizaje al trabajar con este colega quien ha sido minucioso en generar una rejilla como de cuestionario, para evitar que hagan lo que usualmente hacen los hombres de la Iglesia Católica. Y con su lenguaje también, que es como una variedad dialectal, que apela a la ambigüedad y es salirse por la tangente.
Tengo también que aclarar otra cosa. Es entregarnos los archivos, no es abrirnos las puertas, a ir a consultar nosotros las cajas, los sobres y las carpetas. Es entregarnos un archivo PDF que será extenso, sí, con los datos de los sacerdotes.
Hacia donde esperamos que se pueda ir, también en un futuro, es a lo que ha hecho por ejemplo en Estados Unidos, por orden de los jueces. Obviamente, la arquidiócesis de Los Ángeles, por ejemplo, es poner online, las carpetas digitales, con los folios escaneados de sacerdotes. Y ahí se ve, como algunos han ido, a supuestas clínicas, para curarse. Conocemos esta institución del Paráclito en Estados Unidos, donde supuestamente los han llevado durante décadas.
RSN: La que estaba en Jémez, Nuevo México.
MAE: Sí, y además el problema sobre todo, me parece a mí, y yo vivo también este problema de que mis orígenes son más bien como sociólogo de la religión y en muchos sentidos cercano a la Iglesia Católica, es que muchos obispos siguen en la ceguera de no reconocer el daño que le hace a la propia institución esta manera de actuar, de esconder los datos, en lugar de hacerlos públicos, en lugar de ser tan transparentes como sea posible, para justamente evitar lo que ellos ahora también reconocen que ya es un problema de falta de credibilidad, ¿no?
RSN: Ellos creen que resuelven acusándonos a quienes nos atrevemos a criticar de comunistas, enemigos de la Iglesia o masones o la tontería con la que se desayunan ese día. Lo hacen sin reconocer que quienes lastiman a la Iglesia y su capacidad para incidir en procesos de pacificación en países como Colombia y México, que tienen serios problemas de violencia. ¿cómo van a presentarse como líderes de procesos de pacificación cuando no se puede confiar en su palabra?
Carácter sistemático
MAE: Entonces, Rodolfo, para el caso colombiano, lo que han entregado hasta el momento, en los últimos dos años, es el 13 por ciento de lo que pedimos.
Y lo que hemos podido elaborar hasta el momento es una lista de cerca de 600 nombres de sacerdotes vinculados a la Iglesia Católica colombiana que han sido denunciados. Digo vinculados porque algunos son extranjeros que han pasado por aquí en algún momento.
Pero entonces, esa lista, sin duda, si corresponde sólo al 13 por ciento de lo que pedimos, es posible, digamos, que sea mayor, ¿no? y supere los cinco mil nombres. Con esos 600 casos, esas historias que involucran a más de 600 sacerdotes, algunos de ellos denunciados más de cinco veces, aparece ya la posibilidad de tener argumentos suficientes.
Otros investigadores los tendrán por otras partes, pero es de nuevo una prueba irrefutable del carácter sistemático del fenómeno más grave, y es el encubrimiento. Porque lo que esos casos permiten comprender es cuál ha sido la respuesta de las autoridades religiosas a cada uno de estos sacerdotes. E históricamente, pues, se repite lo que tú tanto has analizado y estudiado.
Es ese patrón del cambio de parroquia, la suspensión temporal, incluso expulsión que no se le notifica a la sociedad y estos sacerdotes, aunque castigados internamente por la jerarquía, pasan a ser profesores o directores de colegios.
En el ámbito educativo siguen trabajando gracias a la mucha tolerancia e impunidad, porque nunca se notificó ni se alertó a las autoridades competentes de las denuncias contra estos sacerdotes.
Dada la naturaleza de estos crímenes, ¿quiénes deben establecer y resolver la situación legal y jurídica y penal de estas personas?
Aquí, hay un caso que estamos estudiando recientemente de un jesuita, que en este momento, prácticamente, tú me corregirás como sea la mejor manera de decirlo, pero está supuestamente “encarcelado” en un “convento” de los jesuitas y no puede salir, porque fue detenido hace algunos años, mientras les tomaba fotos a niñas, y luego la fiscalía colombiana conoció el caso, pero tampoco resolvió.
Parece que hubo un acuerdo económico entre los jesuitas y la familia que había denunciado. Esto contraviene la ley que dice que ese tipo de denuncias y de señalamientos jamás pueden ser objeto de un acuerdo extrajudicial.
Lo que sabemos, y nos lo dijo el superior de los jesuitas es, no. Según dijo, el sacerdote está enfermo y la fiscalía nunca permitió que ese caso llegara ante un juez, entonces “nosotros lo tenemos recluido.” La autoridad debe resolver esa situación en que se encuentran muchos sacerdotes, de quienes no conocemos detalles. Ellos estarían por ahí encerrados supuestamente en “conventos”.
Análisis institucional
Esta problemática requiere de análisis institucionales ¿Cuáles son los factores institucionales más graves que explican los datos en estos casos? Pues también encontramos que se repiten y se repiten las historias.
Este caso nunca se reportó a la Fiscalía General de la Nación. Y a veces las víctimas alertaron a las autoridades, mientras avanzaban los procesos en el ámbito civil, pero estos sacerdotes seguían activos en el ministerio. Incluso en algunos casos, luego de haber estado en la cárcel, condenados, eran de nuevo convocados por sus obispos para ir a otras parroquias.
Todo eso se repite y repite. Por ello concluimos que es el carácter criminal de un comportamiento institucional generalizado.
Yo vengo de un mundo católico. He conocido sectores de la Iglesia Católica defensores de derechos humanos. He sentido enorme admiración también por misioneros o sacerdotes del bajo clero y por obispos, que en su momento fueron muy valientes para combatir al crimen organizado transnacional del narcotráfico, en regiones selváticas, donde quienes sufren son pueblos negros e indígenas.
Sin embargo, me fui llevando la enorme sorpresa y tristeza con estos insignes líderes sociales, obispos defensores de derechos humanos, que algunos califican como de mentalidad progresista, y algunos dirían, no sé, pues la “Iglesia de izquierdas” o heredera de la teología de la liberación.
Yo pensaba que ellos, frente a este drama de personas maltratadas y agredidas sexualmente, seguro su administración sería distinta, y no. La contradicción es que personas con una sensibilidad moderna, frente al drama de la violación de derechos humanos, para casos que comprometen como agresor o delincuente a uno de los suyos, reproducen la cultura de la paternidad espiritual, del obispo como protector, aunque es juez. Pero dice “no, pero ante todo soy padre”.
Todo este drama de incluso no comprometerse con su deber canónico que les indica que también son jueces, por lo que tendría que haber investigado, y normalmente no investigan a sacerdotes a sus órdenes.
Entonces, a escala nacional en Colombia encontramos ya no sólo los obispos actuales, con los archivos o los datos de archivo con la trayectoria de los obispos indica que si este obispo está, por ejemplo, en Manizales, en el clímax de su carrera, un arzobispo relativamente joven de una de las grandes ciudades católicas, Manizales Caldas, en la zona cafetera, estuvo antes, en Facatativá, muy cerca de Bogotá, como obispo, y antes estuvo como obispo joven en Tolima, en una región llamada Líbano, dejó una estela de impunidad y de corrupción administrativa en la forma de tratar este problema.
Entonces, emergen datos sobre más que casos aislados de sacerdotes delincuentes o denunciados. Los datos dejan ver cómo cada uno de estos obispos y sus antecesores, algunos insignes obispos ya fallecidos, uno nombrado, por ejemplo, por el papa Francisco, como el cardenal más anciano en su momento, José de Jesús Pimiento Rodríguez, antiguo arzobispo de Manizales.
Cultura episcopal
Y uno ve esa trayectoria en Manizales, con datos que se remontan a los setenta, aunque la mayoría de los registros más recientes son de los últimos diez años. Ahí es donde esta cultura se hace visible.
Eso es lo que ellos no quieren que se sepa. Ellos saben lo que está en juego aquí. Es la respuesta que los obispos actuales y sus inmediatos antecesores y los obispos que los promovieron, sus mentores, han tenido. Es, digamos, su cultura.
Si vamos a Medellín, pues se puede establecer que el obispo actual, Ricardo Tobón, cumple, digamos, la norma y la tradición de obispos que se remontan a López Trujillo, que fue mentor de muchos de los obispos actuales poderosos de diversas regiones, donde hay obispos jóvenes que reproducen esa cultura.
RSN: López Trujillo era, para propósitos prácticos el papa para Colombia, durante el pontificado de Juan Pablo II. Él promovía a quien él quería como obispos en Colombia. Tal cual. Entonces, esa manera de entender el papel del obispo está completamente vigente.
¿Y qué pasa donde hay oficinas del buen trato, donde ya existen en Colombia, se multiplican como ciertas estrategias de prevención?
MAE: Bueno, el problema es ¿cómo saber qué tan coherentes son los proyectos de prevención cuando no hay esclarecimiento de la situación actual aquí?
Ese es otro tema y una contradicción que yo quisiera tener la oportunidad de hablar contigo para que también tú me des tu opinión sobre esos fenómenos.
RSN: En México los obispos inmediatamente buscan presentarse como la víctima, pero eso no lo pueden hacer en Colombia.
¿Cuándo ocurrió la persecución religiosa en Colombia? ¿Cuándo cerraron los templos? ¿Cuándo ocurrieron las agresiones contra los prelados? Ya llevamos 20 años de que se resolvió ese problema de la relación Estado-Iglesia y el problema del abuso sexual de clérigos sigue.
MAE: Y de todos modos nos agreden y critican por lo que hacemos.
Y lo otro que tú alertas y llamas la atención es, sí, el proceso de lo que estamos haciendo tiene que ver con Colombia, pero también permite ver unas relaciones, vínculos y conexiones por el carácter de la Iglesia con realidades más amplias.
Entonces si uno observa ciertos periodos se puede revisar cuál fue la respuesta a casos cuando Joseph Ratzinger era el prefecto de la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe, y entiendo que ya en ese momento tenía el deber de conocer todos estos procesos.
El sistema Ratzinger
¿Y cuáles fueron las recomendaciones que dio el Vaticano frente a algunos procesos que en Colombia tenían algunos sacerdotes?
Entonces, uno ya puede establecer ese tipo de, digamos, de procesos nuevos de investigación para decir, mira, esto tiene en común y es que fue en este periodo, si miramos, cuáles eran las recomendaciones que se daban.
Por ejemplo, sanciones temporales de cinco años de suspensión y luego ser restablecido al cargo sin informar a nadie, ni a las autoridades civiles.
Y está el otro asunto, el de los misioneros españoles. La Iglesia Católica de España envió sacerdotes a Colombia y fueron denunciados aquí. Entonces, uno debería tener derecho a pedirle información a las diócesis y a las órdenes religiosas en España, o en sus sedes principales en Roma.
Antes de ser denunciados aquí en Colombia, ya habían sido denunciados en España y casualmente por eso los enviaron aquí, porque eran sacerdotes incómodos, como sabemos que pasaba con sacerdotes alemanes, por ejemplo.
RSN: Los jesuitas de Bolivia. Ese es justamente lo que abordó un juicio en que dos jesuitas españoles, antiguos superiores de la orden en Bolivia fueron declarados culpables por un tribunal y sentenciados a un castigo muy ligero, quizás por su edad, de un año en prisión.
El problema es que los jesuitas ya sabían que estaban en problemas en Cataluña y en otras provincias españolas, y por eso les daban la salida más sencilla, que era hacia Bolivia, Donde sabían que, pues el Estado es muy débil y pueden hacer lo que quieran. Y bueno, eso es lo que hicieron, hicieron lo que querían.
MAE: Entonces, yo creo que la posibilidad de acceder a más datos, a más información, pues permitirá como ese tipo de estudios o de investigaciones.
Otro problema es la propaganda muy intensa en Colombia para presentar como un gran programa de prevención lo hecho aquí por Luis Manuel Alí Herrera, el secretario general de Tutela Minorum, la entidad global de prevención en Roma.
Lo presentan como un gran ejemplo de lo mucho que es posible hacer cuando se abren oficinas para recibir denuncias por parte de católicos. Sin embargo, ahora entre los denunciantes organizados gana terreno la idea de “No denuncie en la Iglesia, denuncie a la Iglesia”.
Narrativas en conflicto
Pero se ha generado una gran propaganda de: “Vea todo lo que estamos haciendo para hacer de nuestros templos, de nuestras diócesis, entornos protegidos, casas seguras”. Y la gran cruzada, aparentemente, ha sido financiada también por obispos como los de Estados Unidos, pues la lideró en su momento Luis Manuel Alí Herrera.
Mientras tanto, presentan a Barrientos Hoyos como si fuera el Anticristo, por decir aquí no se ha hecho nada y todo lo contrario, y los obispos encubren abuso.
La Iglesia contesta con su gran estrategia de propaganda y sus cartillas y sus talleres y eso se tiene que hacer, pero es como si eso fuese para ellos la prueba de lo mucho que avanzan.
Y para mí una de las reflexiones es, mientras no se esclarezca, mientras no haya seguridad de que toda denuncia es reportada de inmediato a la fiscalía, no podemos tener claro que los mismos que hoy promueven la prevención no sean quienes históricamente han encubierto. Entonces, ahí hay una especie como de conflicto con esas narrativas.
Tú hablabas a qué nivel ha escalado la manera en que algunos obispos presentan a quienes investigan estos casos. Uno tan poderoso como el de Tunja, Gabriel Ángel Villa Vahos, quien actualmente es el vicepresidente de la Conferencia Episcopal de Colombia.
Estos obispos escalan la estigmatización contra quienes buscan justicia. Y más recientemente por el fallo de la corte, porque se sabe que los demandantes fuimos dos. Incluso escalan la idea de que los que están detrás de esta sentencia, incluso los jueces que fallaron en favor, son enemigos públicos de la Iglesia Católica.
Eso me parece a mí que dirá mucho de la posición que ha tenido históricamente en un país como este la Iglesia Católica. Y, sin embargo, esta sentencia representa un gran avance, pero vamos a ser realistas, porque no buscamos la identidad ni los nombres de los denunciantes.
Eso es otra cosa que hay que aclarar. Nuestra investigación más bien va a los datos de sacerdotes denunciados. Pero, pero qué tan posible es, yo creo que lo que hemos hecho hasta el momento ha sido, ha sido muy importante, y ha sido asombroso, porque lo que ha pasado y con toda facilidad todavía ocurre es la destrucción de los archivos y de las pruebas.
Entonces, es muy fácil que, que estemos a la búsqueda de datos que todavía sea posible que puedan desaparecer. Lo que no pueden desaparecer quizás será aquello donde las mismas personas denunciantes tengan la prueba y la firma de recibido, o alguna evidencia que les permita decir “yo entregué este documento aquí” o “yo hablé con tal persona”.
Eso es lo que con el tiempo la gente hace, los que han denunciado ante la Iglesia han aprendido que tienen que documentar todo, absolutamente todo, incluso con con foto de cuando se reunieron con el obispo. Hay personas que dejan constancia mediante una selfie: “hoy me reuní yo con el obispo”, “hoy entregué copia de este documento”, entonces no pueden decir que no existe.
Pero una gran pregunta es, si lo asombroso detrás de una investigación como esta es, ¿cómo pudimos acceder a una lista al menos de 600 sacerdotes? ¿Y cómo no destruyeron todavía las evidencias?
Y es muy probable que las evidencias sobre otros casos que, que comprometan incluso actuales arzobispos y obispos, no sólo en fenómenos de encubrimiento, porque seguro habrá quienes fueron en su momento denunciados, siendo jóvenes sacerdotes, pues todo eso lo destruyen.
Yo tengo muchas preguntas y muchas inquietudes, no tanto diría yo como, como, creo que todavía faltan mucho más las lecturas agudas a la luz de los datos, es mucho lo que se puede hacer, y lo que tengo es todavía, sí, una serie de, de, de perplejidades y preguntas.
En el libro que Juan Pablo y yo publicamos hace dos años con esta lista de cerca de 600 casos, nosotros nos atrevíamos a decir, y seguro que una afirmación tan dura amerita sus matices, que la Iglesia Católica funciona como una organización de crimen organizado transnacional.
Si nos fijamos en el aspecto nada más del encubrimiento, pues es un delito, y hay sistemas de una organización para favorecer la reproducción de ese tipo de mentalidad y práctica criminal.